Ocurrió en las últimas horas en el pequeño santuario ubicado en la Neonatología del nosocomio. Apenas les llegó la imagen, las autoridades del efector ordenaron que se revisen las cámaras para investigar el hecho. La foto.
Hoy - Para engrosar las reservas
Jueves 20 de Marzo de 2014 - 00:23 hs
El Banco Central obliga a los bancos a vender más dólares
El directorio del BCRA emitió una circular mediante la cual ordena a las entidades financieras a desprenderse también de la divisa norteamericana que tienen en contratos a futuro. Estableció un tope del 10% las tenencias de futuros cambiarios.
La medida de la autoridad monetaria apunta a que se liquiden las posiciones que tienen en el mercado de futuro, ya que muchos bancos habían decidido vender dólares bajo esa modalidad a empresas vinculadas y así habían encontrado la forma de eludir la norma.
De esta manera, los bancos no se desprendían del todo de los dólares y estaban cubiertos ante un posible deslizamiento cambiario. La resolución fue dictada mediante la comunicación A 5563, por la cual exigió a las instituciones monetarias que "cuando se computen operaciones de venta a término concertadas con contrapartes vinculadas a la entidad, también corresponderá considerar con signo positivo un importe equivalente a la suma de ellas".
En la circular, el Central indica que "se efectuará un seguimiento específico respecto de las operaciones que se computan en la posición global neta de moneda extranjera, especialmente las concertadas a término y con personas vinculadas".
Esta nueva disposición es complementaria de la resolución dictada a principios de febrero, cuando el Banco Central estableció un cronograma para que las entidades financieras readecúen a la baja sus posiciones en moneda extranjera.
La medida obliga a los bancos a no tener más del 30% del patrimonio en dólares o títulos en dólares, a la vez que establece en un tope del 10% las tenencias de futuros cambiarios.
De esta manera, los bancos no se desprendían del todo de los dólares y estaban cubiertos ante un posible deslizamiento cambiario. La resolución fue dictada mediante la comunicación A 5563, por la cual exigió a las instituciones monetarias que "cuando se computen operaciones de venta a término concertadas con contrapartes vinculadas a la entidad, también corresponderá considerar con signo positivo un importe equivalente a la suma de ellas".
En la circular, el Central indica que "se efectuará un seguimiento específico respecto de las operaciones que se computan en la posición global neta de moneda extranjera, especialmente las concertadas a término y con personas vinculadas".
Esta nueva disposición es complementaria de la resolución dictada a principios de febrero, cuando el Banco Central estableció un cronograma para que las entidades financieras readecúen a la baja sus posiciones en moneda extranjera.
La medida obliga a los bancos a no tener más del 30% del patrimonio en dólares o títulos en dólares, a la vez que establece en un tope del 10% las tenencias de futuros cambiarios.
Fuente: Infobae
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