Con el fin del primer mes del 2014, mañana vence el plazo para presentar en la AFIP el formulario sobre las deducciones del impuesto a las Ganancias por el período 2013. El trámite no es obligatorio para todos los contribuyentes que pagan ese impuesto, aunque sí para muchos de ellos, y les sirve a todos aquellos a los que el fisco les cobró un anticipo impositivo por gastos turísticos y/o con tarjeta en moneda extranjera.
Los obligados a presentar la información de las deducciones a través del SiRADIG (utilizando la página de Internet de la AFIP) son:
Los empleados con remuneraciones brutas anuales iguales o superiores a $ 250.000.
Los que computen las percepciones que se les hubieran practicado por consumos con tarjeta en el exterior.
Los empleados cuyos empleadores hubieran decidido adoptar, por razones administrativas, este sistema.
Los empleados que pagan Ganancias y no están comprendidos en esos grupos deben presentar el Formulario F 572 manual ante sus empleadores solo si no lo hicieron durante 2013.
Para completar el formulario online hay que entrar en la página de la AFIP con Clave Fiscal y allì cliquear en la caja del SiRADIG. Luego hay que seleccionar la persona a representar (el propio contribuyente), ir al período que se declara (2013) y entonces crear la declaración jurada (DDJJ).
Entre otros, los conceptos a declarar por el empleado en el F.572 (Web o manual), son:
Cargas de familia (hijos, nietos, padres, abuelos, etc.) siempre que se trate de personas residente en el país, que estén a cargo del empleado y las mismas no perciban ingresos netos en 2013 superiores a $ 15.552.
Deducciones de primas por seguros para casos de muerte, de intereses por préstamos hipotecarios, de honorarios por servicios de asistencia sanitaria, médica y paramédica, de donaciones a los fiscos o a entidades exentas, de las remuneraciones al personal de servicio doméstico, de aportes de abonos a instituciones de medicina prepaga.
Pagos a cuenta originados en las percepciones por los consumos con tarjeta en el exterior y/o el Impuesto sobre los Créditos y Débitos en Cuentas Bancarias que resulta computable.
Una vez generado el F 572, hay que clickear en el link para enviarlo al empleador y, además, conservar una copia.
Los empleadores, en su condición de agentes de retención del Impuesto a las Ganancias, tienen tiempo hasta el 28 de febrero para completar la liquidación anual 2013 de cada empleado que hubiere sido pasible de retenciones (utilizando el formulario F 649). De surgir una diferencia de retención o devolución de retenciones practicadas en exceso, esos importes deberán ser retenidos o reintegradas al empleado hasta el último día de marzo de 2014.
Hoy - Por el período 2013
Jueves 30 de Enero de 2014 - 21:47 hs
Este viernes vence el plazo para pedir deducciones en Ganancias
Hay que completar un formulario online. Entre otras cosas, sirve a los que tuvieron retenciones por gastos en dólares. Cómo es el trámite y quiénes deben realizarlo.
Actualizado: Domingo 13 de Marzo de 2016 - 05:47 hs
Fuente: cronista