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LT10 - Tribunales rosarinos
Sábado 23 de Noviembre de 2013 - 13:35 hs
La Justicia ordenó la cobertura de un by pass gástrico a una obra social
La Justicia ordenó a la obra social de Viajantes y Vendedores de la República Argentina realizarle un by pass gástrico a Maximiliano S., un trabajador de 37 años. La prestadora se negada y le proponía al paciente que se realice un tratamiento de largo aliento en Buenos Aires
La Justicia ordenó a la obra social de Viajantes y Vendedores de la República Argentina realizarle un by pass gástrico a Maximiliano S., un trabajador de 37 años.
La prestadora se negada y le proponía al paciente que se realice un tratamiento de largo aliento en Buenos Aires, donde, en ese caso, el hombre debía trasladar su residencia, abandonar su trabajo y temporariamente a su familia.
La resolución fue determinada por el Juzgado Federal Nº 2 de Rosario, a cargo de Sylvia Aramberri, quien ordenó esta semana la “urgente intervención quirúrgica”.
La demanda fue patrocinada por Nadia Sordo y Alejandra Baleani y se fundamentó en la vasta regulación sobre el tema. Además, se argumentó que desde 2009 se incorporó al Programa Médico Obligatorio (PMO) un conjunto de prestaciones básicas esenciales para la cobertura de la obesidad, entre ellas, los tratamientos quirúrgicos. No obstante, la obra social de Viajantes y Vendedores de la República Argentina hacía caso omiso a ello e intentaba por todos los medios burlar sus obligaciones.
Sordo, una de las letradas de Maximiliano S., se mostró satisfecha con el resultado obtenido y manifestó que “resulta sorprendente que aún hoy, con todos los reconocimientos jurídicos y sociales que se han plasmado en los últimos tiempos en cuanto a considerar a la obesidad como una verdadera enfermedad, se den estas situaciones”.
Y también dijo que es “necesario que esta patología sea tratada médicamente, aunque algunas obras sociales se nieguen a realizar dicha prestación; no quedándole al paciente más alternativa que aceptar la conducta ilegal de su prestador o iniciar acciones judiciales”.
Relevancia. Al respecto, Baleani, su socia, destacó la relevancia que la resolución judicial posee para el paciente, quien presenta un pesaje de masa corporal (BMI) de 67 kg/m2, con obesidad grado III, lo que implica que la denegatoria de prestación por parte de su obra social lo colocaba en grave riesgo de vida.
También indicó, que “este tipo de resoluciones judiciales sumado a la reciente ordenanza sobre talles (ayer el Concejo adhirió a la ley provincial) son avances importantísimos que buscan garantizar la igualdad de derechos, a quienes padecen esta enfermedad”.
La prestadora se negada y le proponía al paciente que se realice un tratamiento de largo aliento en Buenos Aires, donde, en ese caso, el hombre debía trasladar su residencia, abandonar su trabajo y temporariamente a su familia.
La resolución fue determinada por el Juzgado Federal Nº 2 de Rosario, a cargo de Sylvia Aramberri, quien ordenó esta semana la “urgente intervención quirúrgica”.
La demanda fue patrocinada por Nadia Sordo y Alejandra Baleani y se fundamentó en la vasta regulación sobre el tema. Además, se argumentó que desde 2009 se incorporó al Programa Médico Obligatorio (PMO) un conjunto de prestaciones básicas esenciales para la cobertura de la obesidad, entre ellas, los tratamientos quirúrgicos. No obstante, la obra social de Viajantes y Vendedores de la República Argentina hacía caso omiso a ello e intentaba por todos los medios burlar sus obligaciones.
Sordo, una de las letradas de Maximiliano S., se mostró satisfecha con el resultado obtenido y manifestó que “resulta sorprendente que aún hoy, con todos los reconocimientos jurídicos y sociales que se han plasmado en los últimos tiempos en cuanto a considerar a la obesidad como una verdadera enfermedad, se den estas situaciones”.
Y también dijo que es “necesario que esta patología sea tratada médicamente, aunque algunas obras sociales se nieguen a realizar dicha prestación; no quedándole al paciente más alternativa que aceptar la conducta ilegal de su prestador o iniciar acciones judiciales”.
Relevancia. Al respecto, Baleani, su socia, destacó la relevancia que la resolución judicial posee para el paciente, quien presenta un pesaje de masa corporal (BMI) de 67 kg/m2, con obesidad grado III, lo que implica que la denegatoria de prestación por parte de su obra social lo colocaba en grave riesgo de vida.
También indicó, que “este tipo de resoluciones judiciales sumado a la reciente ordenanza sobre talles (ayer el Concejo adhirió a la ley provincial) son avances importantísimos que buscan garantizar la igualdad de derechos, a quienes padecen esta enfermedad”.
Fuente: la capital
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