Se debe a trabajos de Aguas Santafesinas y otros de bacheo llevados a cabo por la Municipalidad de Santa Fe en distintos sectores de la ciudad.
Hoy - Secreto de Estado
Miércoles 28 de Agosto de 2013 - 10:59 hs
YPF negó a la Justicia revelar el contrato con Chevron
La petrolera contestó el reclamo de accionistas de Repsol. La petrolera se opuso a publicar el pacto por Vaca Muerta. Dijo que es información sensible que podría otorgar ventajas a terceros. Y que es una firma anónima y abierta
Como era previsible, la estatal YPF se negó públicamente a revelar el cuestionado y misterioso contrato que firmó el pasado 16 de julio con la gigante Chevron para explotar en conjunto Vaca Muerta, la formación de hidrocarburos no convencional ubicada en Neuquén.
La negativa quedó asentada en la contestación que la petrolera conducida por Miguel Galuccio envió como respuesta a la notificación realizada el pasado 14 de agosto por un grupo de accionistas españoles minoritarios de Repsol, a través de la cual solicitaron a la compañía y a la Secretaría de Energía una copia del contrato firmado con la multinacional de origen estadounidense, en el marco de la ampliación de una demanda al Estado nacional a raíz de la expropiación. Tal como adelantó El Cronista, en el reclamo, firmado por la jueza federal Liliana Heiland (en reemplazo de la jueza María José Sarmiento), se le otorgaba a ambas entidades 10 días hábiles para responder. Ayer, justo un día antes del vencimiento y de que la Legislatura de Neuquén trate la extensión de dos áreas a YPF hasta el 2048, que es un paso previo para que se pueda activar el plan de las petroleras, salió el expediente dando a conocer la denegación, presentada el 23 de agosto.
A través de un extenso documento firmado por el abogado Luis Bullrich, al que este diario tuvo acceso, la petrolera se opuso a revelar los datos del millonario convenio sobre la base de que el otorgamiento de la medida aquí cuestionada consagraría la obtención de información sensible de propiedad exclusiva de YPF. La respuesta, a su vez, cita precedentes que tienen que ver con antecedentes similares al pedido de este caso (como un expediente de agosto de 2012 del caso de Alvarez Washington c/ AFIP, ) y esgrime argumentos por los cuales la empresa justifica estar exenta de dar información al respecto.
Siguiendo el discurso que argüían de manera extra oficial, en YPF se basaron en el artículo 15 de la ley de expropiación, por el que replica que es una sociedad anónima y abierta (es decir, que cotiza en Bolsa) y que por lo tanto, la revelación del acuerdo podría otorgar ventajas competitivas a terceros. Pero, además a través de ese artículo, se impide aplicar a YPF legislación o normativa administrativa alguna que reglamente la administración, gestión y control de las empresas o entidades que el Estado nacional o los estados nacionales tengan participación.
Consultados por este diario, los abogados Rodolfo Carlos Barra y Federico Jiménez Herrera, que representan a los querellantes, no anticiparon la estrategia a seguir, aunque remarcaron que insistirán en el pedido. Consideramos que YPF es una empresa pública, en los términos de la ley de administración financiera, por el que debe regir el principio de transparencia, explicaron. Y agregaron que la información pedida excede el interés de la compañía porque se proyecta sobre el interés general o público el autoabastecimietno energético y la negativa a brindar esta información generaría una notoria gravedad institucional.
Con el expediente ayer también se conoció un dato que no es menor en la causa. El Estado nacional recusó a la jueza Sarmiento y el juicio fue a parar al juzgado de María Alejandra Biotti, recientemente cuestionada por el Colegio Público de Abogados porque su nombramiento como magistrada titular tiene que ser resuelto todavía por el Gobierno.
La negativa quedó asentada en la contestación que la petrolera conducida por Miguel Galuccio envió como respuesta a la notificación realizada el pasado 14 de agosto por un grupo de accionistas españoles minoritarios de Repsol, a través de la cual solicitaron a la compañía y a la Secretaría de Energía una copia del contrato firmado con la multinacional de origen estadounidense, en el marco de la ampliación de una demanda al Estado nacional a raíz de la expropiación. Tal como adelantó El Cronista, en el reclamo, firmado por la jueza federal Liliana Heiland (en reemplazo de la jueza María José Sarmiento), se le otorgaba a ambas entidades 10 días hábiles para responder. Ayer, justo un día antes del vencimiento y de que la Legislatura de Neuquén trate la extensión de dos áreas a YPF hasta el 2048, que es un paso previo para que se pueda activar el plan de las petroleras, salió el expediente dando a conocer la denegación, presentada el 23 de agosto.
A través de un extenso documento firmado por el abogado Luis Bullrich, al que este diario tuvo acceso, la petrolera se opuso a revelar los datos del millonario convenio sobre la base de que el otorgamiento de la medida aquí cuestionada consagraría la obtención de información sensible de propiedad exclusiva de YPF. La respuesta, a su vez, cita precedentes que tienen que ver con antecedentes similares al pedido de este caso (como un expediente de agosto de 2012 del caso de Alvarez Washington c/ AFIP, ) y esgrime argumentos por los cuales la empresa justifica estar exenta de dar información al respecto.
Siguiendo el discurso que argüían de manera extra oficial, en YPF se basaron en el artículo 15 de la ley de expropiación, por el que replica que es una sociedad anónima y abierta (es decir, que cotiza en Bolsa) y que por lo tanto, la revelación del acuerdo podría otorgar ventajas competitivas a terceros. Pero, además a través de ese artículo, se impide aplicar a YPF legislación o normativa administrativa alguna que reglamente la administración, gestión y control de las empresas o entidades que el Estado nacional o los estados nacionales tengan participación.
Consultados por este diario, los abogados Rodolfo Carlos Barra y Federico Jiménez Herrera, que representan a los querellantes, no anticiparon la estrategia a seguir, aunque remarcaron que insistirán en el pedido. Consideramos que YPF es una empresa pública, en los términos de la ley de administración financiera, por el que debe regir el principio de transparencia, explicaron. Y agregaron que la información pedida excede el interés de la compañía porque se proyecta sobre el interés general o público el autoabastecimietno energético y la negativa a brindar esta información generaría una notoria gravedad institucional.
Con el expediente ayer también se conoció un dato que no es menor en la causa. El Estado nacional recusó a la jueza Sarmiento y el juicio fue a parar al juzgado de María Alejandra Biotti, recientemente cuestionada por el Colegio Público de Abogados porque su nombramiento como magistrada titular tiene que ser resuelto todavía por el Gobierno.
Fuente: cronista.com
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