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Sábado 24 de Agosto de 2013 - 20:12 hs
Argentina inhabilitó por 20 años a petroleras inglesas
Se trata de cuatro compañías que tienen sede en Londres y que llevaban a cabo actividades hidrocarburíferas en la Plataforma Continental, sin haber obtenido la habilitación del Estado argentino. Se les había dado un plazo de 10 días para hacer su descargo, pero como no lo hicieron, el Gobierno declaró que sus actividades eran "ilegales y clandestinas".
Borders and Southern Petroleum PLC, Desire Petroleum Public Limited Company, Argos Resources Ltd y Falkland Oil and Gas Limited son las cuatro firmas que fueron inhabilitadas a través de resoluciones del Ejecutivo nacional publicadas en el Boletín Oficial. La situación fue comunicada a las empresas mediante notas emitidas por la Secretaria de Energía, en las que se dejó claro el "firme propósito" de Argentina de poner "en marcha todas las acciones legales, judiciales o administrativas a su alcance en defensa" de sus derechos.
Entre los considerandos, las resoluciones indican que la ley 26.659, en la que el Estado se basó para tomar su decisión, "prohíbe a toda persona física o jurídica, nacional o extranjera, que realice o se encuentre autorizada a realizar actividades en Argentina y sus accionistas, desarrollar actividades hidrocarburíferas en la Plataforma Continental Argentina sin haber obtenido la habilitación pertinente emitida por autoridad competente argentina".
Quien transgreda esta disposición, podrá ser sancionada con una inhabilitación para actuar en Argentina por el término de 5 a 20 años, sin perjuicio de las sanciones penales que pudieran corresponder.
Entre los considerandos, las resoluciones indican que la ley 26.659, en la que el Estado se basó para tomar su decisión, "prohíbe a toda persona física o jurídica, nacional o extranjera, que realice o se encuentre autorizada a realizar actividades en Argentina y sus accionistas, desarrollar actividades hidrocarburíferas en la Plataforma Continental Argentina sin haber obtenido la habilitación pertinente emitida por autoridad competente argentina".
Quien transgreda esta disposición, podrá ser sancionada con una inhabilitación para actuar en Argentina por el término de 5 a 20 años, sin perjuicio de las sanciones penales que pudieran corresponder.
Fuente: Página 12
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