La menor solo contaba con las dosis de vacuna recibidas al nacer. Especialistas advierten sobre la importancia de mantener el calendario nacional al día y recuerdan que los adultos deben aplicarse un refuerzo cada 10 años.
Lunes 08 de Julio de 2013 - 13:25 hs
Trámite especial para el movimiento de hacienda de islas
Ante la situación de emergencia por la crecida del río Paraná, el Ministerio de la Producción pondrá a disposición un certificado provisorio de tránsito animal que esté alcanzado por las consecuencias del fenómeno.
Normalmente la hacienda que transita desde un establecimiento de origen a otro debe estar amparada por un documento de tránsito animal (DTA) que se gestiona ante la autoridad local del SENASA, actualmente reemplazado por el documento de tránsito electrónico (DTE).
Ante la situación de emergencia, los productores que evacúan animales de las islas no siempre pueden cumplimentar este trámite previo al movimiento, razón por la cual lo hacen posteriormente notificando esta situación a la autoridad local de SENASA.
Por tales motivos y luego de reuniones interinstitucionales entre el Ministerio, SENASA, la Confederación de Asociaciones Rurales de la Provincia de Santa Fe (CARSFE), la Guardia Rural Los Pumas y Prefectura Naval, se elaboró un modelo de Certificado Provisorio de Tránsito Animal que contiene todos los datos necesarios para no perder la trazabilidad de los animales en cuestión.
Este documento puede ser confeccionado por los funcionarios policiales intervinientes al detectar una tropa en situación de tránsito, dándole el original al productor para que este en un plazo de 72 horas lo presente ante el SENASA local. Mientras que el duplicado en poder de la autoridad policial deberá ser notificado en un plazo de 24 horas también ante SENASA, para cerrar así el sistema de control aplicado.
Puede suceder que la tropa en movimiento no haya sido detectada por ninguna autoridad policial, en ese caso el productor tiene la obligación de presentarse ante la comisaría más próxima para documentar la situación.
El uso de este certificado provisorio permitirá que SENASA tome conocimiento de estos movimientos, los registre y otorgue el documento de tránsito electrónico (DTE) respectivo.
Finalmente, cabe aclarar que el documento provisorio no reemplaza al DTE emitido por SENASA, simplemente es un instrumento para no perder la trazabilidad de los animales. Asimismo, sólo puede ser utilizado dentro del ámbito de la provincia de Santa Fe y no es válido para comercializar en remates ferias o ventas directas a faena en frigorífico.
Dicho formulario estará disponible digitalmente en la página web del Ministerio de la Producción. Para acceder al mismo hacer clic aquí.
Normalmente la hacienda que transita desde un establecimiento de origen a otro debe estar amparada por un documento de tránsito animal (DTA) que se gestiona ante la autoridad local del SENASA, actualmente reemplazado por el documento de tránsito electrónico (DTE).
Ante la situación de emergencia, los productores que evacúan animales de las islas no siempre pueden cumplimentar este trámite previo al movimiento, razón por la cual lo hacen posteriormente notificando esta situación a la autoridad local de SENASA.
Por tales motivos y luego de reuniones interinstitucionales entre el Ministerio, SENASA, la Confederación de Asociaciones Rurales de la Provincia de Santa Fe (CARSFE), la Guardia Rural Los Pumas y Prefectura Naval, se elaboró un modelo de Certificado Provisorio de Tránsito Animal que contiene todos los datos necesarios para no perder la trazabilidad de los animales en cuestión.
Este documento puede ser confeccionado por los funcionarios policiales intervinientes al detectar una tropa en situación de tránsito, dándole el original al productor para que este en un plazo de 72 horas lo presente ante el SENASA local. Mientras que el duplicado en poder de la autoridad policial deberá ser notificado en un plazo de 24 horas también ante SENASA, para cerrar así el sistema de control aplicado.
Puede suceder que la tropa en movimiento no haya sido detectada por ninguna autoridad policial, en ese caso el productor tiene la obligación de presentarse ante la comisaría más próxima para documentar la situación.
El uso de este certificado provisorio permitirá que SENASA tome conocimiento de estos movimientos, los registre y otorgue el documento de tránsito electrónico (DTE) respectivo.
Finalmente, cabe aclarar que el documento provisorio no reemplaza al DTE emitido por SENASA, simplemente es un instrumento para no perder la trazabilidad de los animales. Asimismo, sólo puede ser utilizado dentro del ámbito de la provincia de Santa Fe y no es válido para comercializar en remates ferias o ventas directas a faena en frigorífico.
Dicho formulario estará disponible digitalmente en la página web del Ministerio de la Producción. Para acceder al mismo hacer clic aquí.
Fuente: ministerio de la producción
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