Comenzará el lunes 4 de mayo y se completará el viernes 8. El personal policial y penitenciario, junto con los pasivos que cobran hasta $ 1.350.000 tendrán depositado sus haberes en cuenta este viernes. La liquidación incluye el incremento acordado en paritarias.
LT10 - Neuquén
Martes 18 de Junio de 2013 - 17:54 hs
La Justicia declaró inconstitucional al cepo cambiario del Banco Central
Un juzgado federal hizo lugar a un amparo de un hombre que necesitaba comprar U$S 125.000 para comprar un terreno y calificó de "arbitrario" al sistema de validación de la AFIP.
El Juzgado Federal de primera instancia N° 1 de Neuquén declaró inconstitucional la prohibición del Banco Central de comprar moneda extranjera para ahorro o inversiones varias y dio lugar a un amparo presentado por un hombre que necesitaba comprar U$S 125.000 para saldar una deuda por la compra de un campo.
Carlos María Martín, un empleado en relación de dependencia con ingresos netos mensuales de $80.000, había presentado un amparo para que la AFIP le autorice una compra de dólares para cancelar una deuda por un terreno que había comprado en la localidad bonaerense de Mar Chiquita.
El organismo recaudador le negó la posibilidad bajo el pretexto de "inconsistencias patrimoniales", a pesar de que el interesado había presentado documentación respaldatoria de origen de los fondos y sobre su capacidad económica.
Así, la jueza Carolina Pandolfi opinó que la decisión de la AFIP de no venderle dólares esgrimiendo incosistencias era "manifiestamente arbitrario" ya que el ente "no ha dado una sola razón para justificar su posición de que el Sr. Martín carece decapacidad económica suficiente para la operación".
La magistrada declaró específicamente inconstitucional el artículo II de la Comunicación "A" 5318 del 5 de julio de 2012 que suspendió por tiempo indeterminada la compra de divisas para atesoramiento o inversiones personales directas, mientras que acotó las operaciones a turismo, compra de inmuebles, importaciones, compra de material rodante, aviones o barcos o equipamiento científico.
La jueza le ordenó a la AFIP que le autorice la operación antes del 19 de junio próximo. Al mismo tiempo, declaró "abstracto" el planteo de inconstitucionalidad de los artículos 6 y 7 de la Resolución General 3210/2011 que establece la implementación del sistema de autorizaciones para adquirir moneda.
Carlos María Martín, un empleado en relación de dependencia con ingresos netos mensuales de $80.000, había presentado un amparo para que la AFIP le autorice una compra de dólares para cancelar una deuda por un terreno que había comprado en la localidad bonaerense de Mar Chiquita.
El organismo recaudador le negó la posibilidad bajo el pretexto de "inconsistencias patrimoniales", a pesar de que el interesado había presentado documentación respaldatoria de origen de los fondos y sobre su capacidad económica.
Así, la jueza Carolina Pandolfi opinó que la decisión de la AFIP de no venderle dólares esgrimiendo incosistencias era "manifiestamente arbitrario" ya que el ente "no ha dado una sola razón para justificar su posición de que el Sr. Martín carece decapacidad económica suficiente para la operación".
La magistrada declaró específicamente inconstitucional el artículo II de la Comunicación "A" 5318 del 5 de julio de 2012 que suspendió por tiempo indeterminada la compra de divisas para atesoramiento o inversiones personales directas, mientras que acotó las operaciones a turismo, compra de inmuebles, importaciones, compra de material rodante, aviones o barcos o equipamiento científico.
La jueza le ordenó a la AFIP que le autorice la operación antes del 19 de junio próximo. Al mismo tiempo, declaró "abstracto" el planteo de inconstitucionalidad de los artículos 6 y 7 de la Resolución General 3210/2011 que establece la implementación del sistema de autorizaciones para adquirir moneda.
Fuente: lanacion.com
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