El 30 de abril de 1986, la banda llegó a Tilcara, Jujuy, para registrar el clip del clásico que formó parte del disco Nada Personal.
Hoy - Tribunales de Rosario
Lunes 27 de Mayo de 2013 - 07:41 hs
Condena a empresa de volquetes por la muerte de un motociclista
Es por tener despintado y no señalizado el contenedor que ocasionó el accidente del conductor de la moto. La jueza entendió que no se cumplió con los alcances de la ordenanza. En cambio no hizo lugar a un planteo contra el municipio.
Una empresa de contenedores deberá pagar más de un millón de pesos a los padres de un motociclista que falleció al realizar una maniobra para evitar chocar contra un volquete.
En la madrugada del 29 de abril del 2005 un joven de 23 años circulaba en moto por Hilarión de la Quintana al 600 de la ciudad de Rosario. Evitó colisionar contra el volquete pero cayó al pavimento y sufrió graves heridas que le ocasionaron la muerte.
El contenedor estaba despintado y no tenía señalización alguna. Esto es violatorio de las ordenanzas sobre la prestación del servicio.
La norma municipal indica que “deben estar pintado en la cara externa de su borde superior con pintura reflectante y en los lados externos tienen que tener una banda protectora de caucho o de otro producto similar”.
Al hacer lugar a la demanda contra la empresa propietaria del volquete, el Tribunal Colegiado de Responsabilidad Extracontractual Nº 1 destaca que “el fallecimiento de un hijo representa la pérdida de chance de recibir en un tiempo futuro una ayuda o aporte económico”.
La jueza de trámite de la causa, la doctora Mariana Varela, sostiene que “la supresión de una vida, aparte del desgarramiento afectivo que produce, ocasiona indudables efectos de orden patrimonial”.
El Tribunal rechazó la demanda contra la Municipalidad de Rosario porque no se le puede atribuir responsabilidad en un hecho en el que ninguna de sus dependencias tuvo participación.
La empresa de volquetes fue condenada a pagarle a los padres del motociclista fallecido 500.000 pesos, cifra que con los intereses supera al millón de pesos.
En la madrugada del 29 de abril del 2005 un joven de 23 años circulaba en moto por Hilarión de la Quintana al 600 de la ciudad de Rosario. Evitó colisionar contra el volquete pero cayó al pavimento y sufrió graves heridas que le ocasionaron la muerte.
El contenedor estaba despintado y no tenía señalización alguna. Esto es violatorio de las ordenanzas sobre la prestación del servicio.
La norma municipal indica que “deben estar pintado en la cara externa de su borde superior con pintura reflectante y en los lados externos tienen que tener una banda protectora de caucho o de otro producto similar”.
Al hacer lugar a la demanda contra la empresa propietaria del volquete, el Tribunal Colegiado de Responsabilidad Extracontractual Nº 1 destaca que “el fallecimiento de un hijo representa la pérdida de chance de recibir en un tiempo futuro una ayuda o aporte económico”.
La jueza de trámite de la causa, la doctora Mariana Varela, sostiene que “la supresión de una vida, aparte del desgarramiento afectivo que produce, ocasiona indudables efectos de orden patrimonial”.
El Tribunal rechazó la demanda contra la Municipalidad de Rosario porque no se le puede atribuir responsabilidad en un hecho en el que ninguna de sus dependencias tuvo participación.
La empresa de volquetes fue condenada a pagarle a los padres del motociclista fallecido 500.000 pesos, cifra que con los intereses supera al millón de pesos.
Fuente: tiempodejusticia.com.ar
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