El 30 de abril de 1986, la banda llegó a Tilcara, Jujuy, para registrar el clip del clásico que formó parte del disco Nada Personal.
Viernes 24 de Mayo de 2013 - 20:23 hs
Seguirá suspendido el spot de Francisco De Narváez
Se trata del aviso “Ella o Vos”, que el kirchnerismo denunció por violar la ley electoral. La jueza Servini de Cubría se negó a levantar la prohibición
La jueza federal con competencia electoral María Servini de Cubría se negó levantar la prohibición de publicidad en radio o televisión del spot que protagoniza el diputado opositor Francisco de Narváez.
La magistrada rechazó, no obstante, la demanda iniciada contra los opositores Carlos Melconián, Gerónimo “Momo” Venegas y Margarita Stolbizer por publicidad de carteles en la vía pública.
La jueza no hizo lugar al pedido de los abogados de De Narváez, quienes habían pedido que levantara la prohibición de difundir por medios masivos el spot “Ella o vos”. Desestimó el pedido basándose en la veda sobre la difusión de campañas electorales con una anticipación mayor de los 32 días de las elecciones de octubre.
En la resolución, Servini de Cubría diferenció la publicidad entre la cartelería en la vía pública y aquella que se difunde en medios masivos de comunicación como radio y televisión. Según interpretó en su fallo, da “ventaja manifiesta sobre las restantes agrupaciones políticas y sus posibles precandidatos”. Por eso evaluó que los avisos de De Narváez “podrían interpretarse como acto de campaña electoral”.
Consideró, además, que la publicidad que protagoniza el diputado busca “colocar, en este momento”, y “a través de los medios de audio y televisión, en mente de los ciudadanos que deberán votar, la diferencia entre su persona y quienes ejercen el gobierno nacional”.
La magistrada rechazó, no obstante, la demanda iniciada contra los opositores Carlos Melconián, Gerónimo “Momo” Venegas y Margarita Stolbizer por publicidad de carteles en la vía pública.
La jueza no hizo lugar al pedido de los abogados de De Narváez, quienes habían pedido que levantara la prohibición de difundir por medios masivos el spot “Ella o vos”. Desestimó el pedido basándose en la veda sobre la difusión de campañas electorales con una anticipación mayor de los 32 días de las elecciones de octubre.
En la resolución, Servini de Cubría diferenció la publicidad entre la cartelería en la vía pública y aquella que se difunde en medios masivos de comunicación como radio y televisión. Según interpretó en su fallo, da “ventaja manifiesta sobre las restantes agrupaciones políticas y sus posibles precandidatos”. Por eso evaluó que los avisos de De Narváez “podrían interpretarse como acto de campaña electoral”.
Consideró, además, que la publicidad que protagoniza el diputado busca “colocar, en este momento”, y “a través de los medios de audio y televisión, en mente de los ciudadanos que deberán votar, la diferencia entre su persona y quienes ejercen el gobierno nacional”.
Fuente: infobae
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