El 30 de abril de 1986, la banda llegó a Tilcara, Jujuy, para registrar el clip del clásico que formó parte del disco Nada Personal.
Jueves 23 de Mayo de 2013 - 13:25 hs
Pino Solanas denunció a Amado Boudou por el canje de deuda
Breve síntesis de la denuncia contra Amado Boudou por el canje de deuda.
Algunos puntos sobresalientes de la denuncia de Fernando “Pino” Solanas, diputado nacional de Proyecto Sur, contra AMado Boudou, y todos aquellos que resultaren participantes por su carácter de funcionarios del Ministerio de Economía de la Nación, de la posible comisión de los delitos previstos y penados por los artículos 248 y 265 del Código Penal de la Nación, en atención a las circunstancias que a continuación se exponen.
Hubo infracción a las normas legales y reglamentarias, específicamente a los art 3, inc b, 4,6,31,35 y 37 de la COBCRA (ley N° 20539) y a lo establecido en las misiones y funciones de la Gcia de Investigaciones y Estadísticas Económicas – ya apuntadas – por parte de funcionarios del BCRA.
Hubo omisiones en el desempeño de sus funciones y existe evidencias de torpezas o descuido en tal desempeño
Los actos y omisiones de Amado Boudou revelan el incumplimiento de los deberes de funcionario público, conforme a principios elementales de la actividad propia de aquellos que ocuparon la Dirección General de Asuntos Jurídicos de la Subsecretaría de Economía.
1.- Existieron actos irregulares
2.- Existieron infracciones a normas legales y reglamentarias.
3.- La deuda externa carece de justificación económica financiera y administrativa.
4.- Pueden considerarse probadas las denuncias existentes en la causa.
5.- Las autoridades del Banco Central de la República Argentina se apartaron en repetidas ocasiones de lo institucional, legal y reglamentario.
6.- Hubo desvío de fondos en las operaciones de endeudamiento de YPF.
7.- Existió omisión del Banco Central de la República Argentina como Agente Financiero del Estado.
Algunos puntos sobresalientes de la denuncia de Fernando “Pino” Solanas, diputado nacional de Proyecto Sur, contra AMado Boudou, y todos aquellos que resultaren participantes por su carácter de funcionarios del Ministerio de Economía de la Nación, de la posible comisión de los delitos previstos y penados por los artículos 248 y 265 del Código Penal de la Nación, en atención a las circunstancias que a continuación se exponen.
Hubo infracción a las normas legales y reglamentarias, específicamente a los art 3, inc b, 4,6,31,35 y 37 de la COBCRA (ley N° 20539) y a lo establecido en las misiones y funciones de la Gcia de Investigaciones y Estadísticas Económicas – ya apuntadas – por parte de funcionarios del BCRA.
Hubo omisiones en el desempeño de sus funciones y existe evidencias de torpezas o descuido en tal desempeño
Los actos y omisiones de Amado Boudou revelan el incumplimiento de los deberes de funcionario público, conforme a principios elementales de la actividad propia de aquellos que ocuparon la Dirección General de Asuntos Jurídicos de la Subsecretaría de Economía.
1.- Existieron actos irregulares
2.- Existieron infracciones a normas legales y reglamentarias.
3.- La deuda externa carece de justificación económica financiera y administrativa.
4.- Pueden considerarse probadas las denuncias existentes en la causa.
5.- Las autoridades del Banco Central de la República Argentina se apartaron en repetidas ocasiones de lo institucional, legal y reglamentario.
6.- Hubo desvío de fondos en las operaciones de endeudamiento de YPF.
7.- Existió omisión del Banco Central de la República Argentina como Agente Financiero del Estado.
Fuente: proyecto sur
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