El Lobo mendocino, ya eliminado, recibe a un Halcón que está obligado a ganar para seguir soñando con los octavos de final.
LT10 - Fallo de la justicia rosarina
Martes 09 de Abril de 2013 - 08:19 hs
Lo hirieron cuando iba a trabajar y la ART debe pagarle $ 585.000
Es un albañil que fue luego despedido de la constructora tras las heridas sufridas durante un asalto. La ley 24.557 de Riesgos del Trabajo considera accidente laboral al que sufre el empleado en el trayecto entre su domicilio y el lugar donde se desempeña
A un joven que cuando iba a trabajar lo asaltaron y le efectuaron disparos una aseguradora de riesgo del trabajo deberá pagarle más de medio millón de pesos.
El 29 de abril del 2010 cuando ocurrió el violento asalto el trabajador tenía 29 años y se desempeñaba como obrero de la construcción.
Lo hirieron en la mano derecha y también recibió un disparo en la pierna izquierda.
Sufrió la ruptura de uno de los tendones de la mano y en consecuencia está incapacitado para trabajar como albañil.
Tras el hecho la empresa constructora despidió al trabajador que tiene 4 hijos.
La ley 24.557 de Riesgos del Trabajo considera accidente laboral al que sufre el empleado en el trayecto entre su domicilio y el lugar donde se desempeña.
Señala la norma que es accidente de trabajo todo acontecimiento súbito y violento ocurrido en ocasión del trabajo, o en el trayecto entre el domicilio del trabajador y el lugar donde cumple sus tareas, siempre y cuando no hubiere interrumpido o alterado dicho trayecto por causas ajenas al trabajo.
La jueza del Trabajo de la primera nominación de los tribunales provinciales de Rosario, Susana Perkins, dictó una medida cautelar y ordenó a Mapfre Argentina ART a pagarle a este trabajador la suma de 585.000 pesos como reparación económica por las consecuencias sufridas.
Fue patrocinado por los abogados Luis Galigani y Alfredo Messina.
El 29 de abril del 2010 cuando ocurrió el violento asalto el trabajador tenía 29 años y se desempeñaba como obrero de la construcción.
Lo hirieron en la mano derecha y también recibió un disparo en la pierna izquierda.
Sufrió la ruptura de uno de los tendones de la mano y en consecuencia está incapacitado para trabajar como albañil.
Tras el hecho la empresa constructora despidió al trabajador que tiene 4 hijos.
La ley 24.557 de Riesgos del Trabajo considera accidente laboral al que sufre el empleado en el trayecto entre su domicilio y el lugar donde se desempeña.
Señala la norma que es accidente de trabajo todo acontecimiento súbito y violento ocurrido en ocasión del trabajo, o en el trayecto entre el domicilio del trabajador y el lugar donde cumple sus tareas, siempre y cuando no hubiere interrumpido o alterado dicho trayecto por causas ajenas al trabajo.
La jueza del Trabajo de la primera nominación de los tribunales provinciales de Rosario, Susana Perkins, dictó una medida cautelar y ordenó a Mapfre Argentina ART a pagarle a este trabajador la suma de 585.000 pesos como reparación económica por las consecuencias sufridas.
Fue patrocinado por los abogados Luis Galigani y Alfredo Messina.
Fuente: tiempodejusticia.com.ar
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