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Miércoles 27 de Marzo de 2013 - 20:43 hs
La Corte rechazó una recusación de la Anses contra el juez Maqueda
La provincia de Córdoba le ganó un round a la Nación en su disputa por los fondos jubilatorios, gracias a un fallo de la Corte Suprema. El máximo tribunal rechazó hoy una recusación planteada por la Administración Nacional de Seguridad Social (Anses) contra el juez Juan Carlos Maqueda.
En la causa abierta por el reclamo de millonarias partidas jubilatorias de la provincia que supuestamente retiene la Casa Rosada, el organismo que conduce Diego Bossio pidió el apartamiento de Maqueda por "pérdida de imparcialidad", ya que en 2001, siendo ministro de Educación de la provincial, firmó un decreto reglamentario de una ley de contenido previsional.
En el fallo firmado por todos los magistrados, menos por Maqueda, la Corte rechazó la recusación por "extemporánea". El veredicto, de siete páginas, fue dictado en el marco de la causa caratulada "Córdoba, provincia de c/ Estado Nacional s/cumplimiento de convenio y cobro de sumas de dinero" y lleva las rúbicas de Ricardo Lorenzetti, Elena Highton de Nolasco, Carlos Fayt, Enrique Petracchi, Carmen Argibay y Raúl Zaffaroni.
En el ámbito de la Corte, Córdoba le reclama a la Nación unos 1040 millones de pesos por supuestas deudas previsionales, pero el Gobierno replica que la provincia incumplió con un acuerdo sobre armonización de régimen previsional.
La Corte celebró en setiembre pasado una audiencia de conciliación entre las partes, que terminó en fracaso.
En ese contexto, la Anses recusó a Maqueda argumentando que cuando era ministro de Educación de Córdoba "fue uno de los firmantes del decreto 2754/01, reglamentario de la ley provincial 8836, mediante la cual se declaró en estado de jubilación a 4173 agentes de la administración pública provincial, modificando así el régimen normativo vigente a la época de la firma del convenio", en noviembre de 2000.
Tras ese convenio -añadió Anses- "se sucedieron una serie de convenios de armonización y financiamiento" que Córdoba no habría respetado.
"El incremento del universo de beneficiarios del sector pasivo producido por la legislación refrendada por el señor juez recusado, ha acentuado la debilidad financiera de la Caja de Jubilaciones y Pensiones provincial para atender el pago de las prestaciones y la exposición a serios riesgos de insolvencia presupuestaria en el futuro inmediato", arguyó la Anses.
La Corte rechazó el planteo recordando jurisprudencia que se remonta, incluso, a los tiempos de José Figueroa Alcorta, casi dos siglos atrás.
"No puede decirse que exista interés en las resultas del pleito por haber suscripto la promulgación de una ley discutida en la causa así como no existe interés ni opinión comprometida por haber resuelto otros análogos, dado que las leyes son aplicadas con arreglo a las peculiaridades del caso sometido a la decisión judicial", sostuvo el voto del máximo tribunal al rechazar la recusación
En la causa abierta por el reclamo de millonarias partidas jubilatorias de la provincia que supuestamente retiene la Casa Rosada, el organismo que conduce Diego Bossio pidió el apartamiento de Maqueda por "pérdida de imparcialidad", ya que en 2001, siendo ministro de Educación de la provincial, firmó un decreto reglamentario de una ley de contenido previsional.
En el fallo firmado por todos los magistrados, menos por Maqueda, la Corte rechazó la recusación por "extemporánea". El veredicto, de siete páginas, fue dictado en el marco de la causa caratulada "Córdoba, provincia de c/ Estado Nacional s/cumplimiento de convenio y cobro de sumas de dinero" y lleva las rúbicas de Ricardo Lorenzetti, Elena Highton de Nolasco, Carlos Fayt, Enrique Petracchi, Carmen Argibay y Raúl Zaffaroni.
En el ámbito de la Corte, Córdoba le reclama a la Nación unos 1040 millones de pesos por supuestas deudas previsionales, pero el Gobierno replica que la provincia incumplió con un acuerdo sobre armonización de régimen previsional.
La Corte celebró en setiembre pasado una audiencia de conciliación entre las partes, que terminó en fracaso.
En ese contexto, la Anses recusó a Maqueda argumentando que cuando era ministro de Educación de Córdoba "fue uno de los firmantes del decreto 2754/01, reglamentario de la ley provincial 8836, mediante la cual se declaró en estado de jubilación a 4173 agentes de la administración pública provincial, modificando así el régimen normativo vigente a la época de la firma del convenio", en noviembre de 2000.
Tras ese convenio -añadió Anses- "se sucedieron una serie de convenios de armonización y financiamiento" que Córdoba no habría respetado.
"El incremento del universo de beneficiarios del sector pasivo producido por la legislación refrendada por el señor juez recusado, ha acentuado la debilidad financiera de la Caja de Jubilaciones y Pensiones provincial para atender el pago de las prestaciones y la exposición a serios riesgos de insolvencia presupuestaria en el futuro inmediato", arguyó la Anses.
La Corte rechazó el planteo recordando jurisprudencia que se remonta, incluso, a los tiempos de José Figueroa Alcorta, casi dos siglos atrás.
"No puede decirse que exista interés en las resultas del pleito por haber suscripto la promulgación de una ley discutida en la causa así como no existe interés ni opinión comprometida por haber resuelto otros análogos, dado que las leyes son aplicadas con arreglo a las peculiaridades del caso sometido a la decisión judicial", sostuvo el voto del máximo tribunal al rechazar la recusación
Fuente: La Nación
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