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Miércoles 20 de Marzo de 2013 - 08:55 hs
Condena millonaria por chocar y causar la muerte de un conductor
Una empresa que posee un contrato de leasing sobre un camión deberá pagar entre capital e intereses alrededor de dos millones de pesos porque el vehículo atropelló a un auto y causó la muerte de su conductor.
El fatal accidente se produjo el 4 de mayo de 2005 en la ruta nacional 33 cerca del límite en las provincias de Santa Fe y Buenos Aires.
La visibilidad estaba totalmente reducida por una densa nube de humo a raíz de la quema de pastizales.
Un camión circulaba lentamente y un Volkswagen Polo redujo también la velocidad. En esas circunstancias entró a esa “zona ciega” un camión Mercedes Benz 1633 a una velocidad inadecuada para las condiciones de visibilidad reinantes.
El Mercedes Benz embistió al Polo produciendo la muerte del joven de 27 años que lo conducía.
En la resolución el Tribunal Colegiado de Responsabilidad Extracontractual Nº 2 afirma que el camionero que chocó al auto “no respetó la velocidad precautoria atento la zona peligrosas por donde transitaba”.
Las juezas Paula Sansó, Mariana Varela y Susana Igarzábal destacan que la Ley de Tránsito dispone que “el conductor debe circular a una velocidad tal que tenga siempre el dominio de su vehículo”.
Agregan las magistradas que “todo conductor debe estar en situación de poder reaccionar ante las cambiantes y difíciles contingencias del tránsito”.
El fatal accidente se produjo el 4 de mayo de 2005 en la ruta nacional 33 cerca del límite en las provincias de Santa Fe y Buenos Aires.
La visibilidad estaba totalmente reducida por una densa nube de humo a raíz de la quema de pastizales.
Un camión circulaba lentamente y un Volkswagen Polo redujo también la velocidad. En esas circunstancias entró a esa “zona ciega” un camión Mercedes Benz 1633 a una velocidad inadecuada para las condiciones de visibilidad reinantes.
El Mercedes Benz embistió al Polo produciendo la muerte del joven de 27 años que lo conducía.
En la resolución el Tribunal Colegiado de Responsabilidad Extracontractual Nº 2 afirma que el camionero que chocó al auto “no respetó la velocidad precautoria atento la zona peligrosas por donde transitaba”.
Las juezas Paula Sansó, Mariana Varela y Susana Igarzábal destacan que la Ley de Tránsito dispone que “el conductor debe circular a una velocidad tal que tenga siempre el dominio de su vehículo”.
Agregan las magistradas que “todo conductor debe estar en situación de poder reaccionar ante las cambiantes y difíciles contingencias del tránsito”.
Fuente: tiempodejusticia.com.ar
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