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LT10 - Playa de estacionamiento
Lunes 18 de Marzo de 2013 - 10:49 hs
Condenan a un super en Rosario por el robo de un auto
Coto deberá resarcir a una aseguradora que pagó la sustracción del vehículo. El fallo del juez Carrillo señala que “el ofrecimiento de estacionamiento gratuito se realiza con miras a las ventajas económicas que la empresa puede obtener frente a otros establecimientos que carecen de esta alternativa”.
Una cadena de supermercados fue condenada a resarcir económicamente a una aseguradora por el robo de un auto en el estacionamiento.
El 20 de junio del 2009 el dueño de un automóvil Fiat denunció en la comisaría 17 que dejó su vehículo en la playa de estacionamiento del Supermercado Coto situado en Eva Perón y avenida de Circunvalación. Al retornar luego de efectuar las compras comprobó que el auto no estaba.
San Cristóbal Sociedad Mutual de Seguros Generales le pagó la indemnización y comenzó el juicio contra Coto.
En el fallo el juez en lo civil y comercial Hernán Carrillo afirma que “si bien la denuncia policial es un acto unilateral del propietario del auto, conforma junto con el ticket de compras un conjunto indiciario que es prueba suficiente para arribar a la convicción de la existencia del hecho denunciado”.
Destaca el magistrado que el ingreso al estacionamiento no tiene barrera ni se entrega ticket.
En la sentencia se puntualiza que “el hipermercado que ofrece el estacionamiento gratuito como parte de sus servicios tiene el deber de custodia, guarda y restitución de los rodados allí estacionados, aún cuando se trate de una prestación gratuita y accesoria al objeto principal del comerico”.
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En los considerandos del fallo se expresa que “el ofrecimiento de estacionamiento gratuito se realiza con miras a las ventajas económicas que la empresa puede obtener frente a otros establecimientos que carecen de esta alternativa”.
El juez Carrillo condenó a Coto a pagarle a la aseguradora San Cristóbal cerca de 30.000 pesos entre capital e intereses.
El 20 de junio del 2009 el dueño de un automóvil Fiat denunció en la comisaría 17 que dejó su vehículo en la playa de estacionamiento del Supermercado Coto situado en Eva Perón y avenida de Circunvalación. Al retornar luego de efectuar las compras comprobó que el auto no estaba.
San Cristóbal Sociedad Mutual de Seguros Generales le pagó la indemnización y comenzó el juicio contra Coto.
En el fallo el juez en lo civil y comercial Hernán Carrillo afirma que “si bien la denuncia policial es un acto unilateral del propietario del auto, conforma junto con el ticket de compras un conjunto indiciario que es prueba suficiente para arribar a la convicción de la existencia del hecho denunciado”.
Destaca el magistrado que el ingreso al estacionamiento no tiene barrera ni se entrega ticket.
En la sentencia se puntualiza que “el hipermercado que ofrece el estacionamiento gratuito como parte de sus servicios tiene el deber de custodia, guarda y restitución de los rodados allí estacionados, aún cuando se trate de una prestación gratuita y accesoria al objeto principal del comerico”.
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En los considerandos del fallo se expresa que “el ofrecimiento de estacionamiento gratuito se realiza con miras a las ventajas económicas que la empresa puede obtener frente a otros establecimientos que carecen de esta alternativa”.
El juez Carrillo condenó a Coto a pagarle a la aseguradora San Cristóbal cerca de 30.000 pesos entre capital e intereses.
Fuente: tiempodejusticia.com.ar
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