Habitualmente descartadas tras el uso, pueden convertirse en aliadas inesperadas del reciclaje doméstico
Sábado 12 de Enero de 2013 - 11:49 hs
La Assal prohibió y decomisó fideos al huevo “La Bambola”
Actualizado: Sábado 12 de Marzo de 2016 - 07:38 hs
La Agencia Santafesina de Seguridad Alimentaria (Assal) ordenó la prohibición de la comercialización y el decomiso en todo el territorio provincial del producto fideos al huevo “La Bambola”, con establecimiento domiciliado en Bek Bernard 793, San Carlos Sud.
Según lo indicó el director provincial de ese organismo provincial, Raúl Samitier, la medida “incluyó a todas las presentaciones en que se encuentren como, así mismo, cualquier otro producto con igual Registro Nacional de Establecimiento (RNE)”.
Samitier explicó que la toma de muestra del citado producto se produjo en la ciudad de Santa Fe, y destacó que el producto “no cumple con la legislación alimentaria vigente en cuanto a que los registros que se expresan en el rótulos son inexistentes y carece de la razón social”.
En ese sentido, Samitier enfatizó que la falta de RNE y RNPA (Registro Nacional de Productos Alimenticios) “no permite la trazabilidad y seguridad del alimento mencionado” y que para “elaborar alimentos se debe contar con el RNE y RNPA aprobado por la autoridad sanitaria correspondiente y en estado activo”.
Finalmente, el funcionario sostuvo que todo ello configura “una infracción a lo establecido en el artículo 3 del Código Alimentario Argentino, ley N° 18.284”, por lo que “se debe garantizar que los rótulos cuenten con toda la información obligatoria y que la misma sea cierta y correcta a fin de brindar herramientas a los consumidores de alimentos” y además “prevenir riesgos mayores que puedan afectar la salud de la población”.
Según lo indicó el director provincial de ese organismo provincial, Raúl Samitier, la medida “incluyó a todas las presentaciones en que se encuentren como, así mismo, cualquier otro producto con igual Registro Nacional de Establecimiento (RNE)”.
Samitier explicó que la toma de muestra del citado producto se produjo en la ciudad de Santa Fe, y destacó que el producto “no cumple con la legislación alimentaria vigente en cuanto a que los registros que se expresan en el rótulos son inexistentes y carece de la razón social”.
En ese sentido, Samitier enfatizó que la falta de RNE y RNPA (Registro Nacional de Productos Alimenticios) “no permite la trazabilidad y seguridad del alimento mencionado” y que para “elaborar alimentos se debe contar con el RNE y RNPA aprobado por la autoridad sanitaria correspondiente y en estado activo”.
Finalmente, el funcionario sostuvo que todo ello configura “una infracción a lo establecido en el artículo 3 del Código Alimentario Argentino, ley N° 18.284”, por lo que “se debe garantizar que los rótulos cuenten con toda la información obligatoria y que la misma sea cierta y correcta a fin de brindar herramientas a los consumidores de alimentos” y además “prevenir riesgos mayores que puedan afectar la salud de la población”.
Fuente: prensa gobierno de Santa Fe
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