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Viernes 14 de Diciembre de 2012 - 20:11 hs
Cristina promulgó la ley contra la violencia de género
El Poder Ejecutivo promulgó este viernes la ley contra la violencia de género, mediante una modificación el Código Penal, que endurece las penas hasta la presión o reclusión perpetua a quien mate a su cónyuge, con atenuantes de 8 a 25 años.
Dicha norma entra en vigencia a partir de esta jornada, mediante la publicación en el Boletín Oficial del decreto 2396/2012 firmado de la presidente Cristina de Kirchner; el Jefe de Gabinete, Juan Manuel Abal Medina y del ministro de Justicia, Julio Alak.
La Ley Nº 26.791 sobre violencia de género, modifica el Código Penal sustituyendo los incisos 1º y 4° del artículo 80 que establece que "se impondrá reclusión perpetua o prisión perpetua, pudiendo aplicarse lo dispuesto en el artículo 52, al que matare: 1°. A su ascendiente, descendiente, cónyuge, ex cónyuge, o a la persona con quien mantiene o ha mantenido una relación de pareja, mediare o no convivencia. 4°. Por placer, codicia, odio racial, religioso, de género o a la orientación sexual, identidad de género o su expresión.
Además, quedan incorporados para las sanciones los incisos 11 y 12 del artículo 80 del Código Penal con la siguiente redacción: " 11. A una mujer cuando el hecho sea perpetrado por un hombre y mediare violencia de género". y se establece en el "12. Con el propósito de causar sufrimiento a una persona con la que se mantiene o ha mantenido una relación en los términos del inciso 1°".
También se sustituye el artículo 80 in fine del Código Penal, el cual quedará de la siguiente manera:" Cuando en el caso del inciso 1° de este artículo, mediaren circunstancias extraordinarias de atenuación, el juez podrá aplicar prisión o reclusión de ocho (8) a veinticinco (25) años. Esto no será aplicable a quien anteriormente hubiera realizado actos de violencia contra la mujer víctima".
Dicha norma entra en vigencia a partir de esta jornada, mediante la publicación en el Boletín Oficial del decreto 2396/2012 firmado de la presidente Cristina de Kirchner; el Jefe de Gabinete, Juan Manuel Abal Medina y del ministro de Justicia, Julio Alak.
La Ley Nº 26.791 sobre violencia de género, modifica el Código Penal sustituyendo los incisos 1º y 4° del artículo 80 que establece que "se impondrá reclusión perpetua o prisión perpetua, pudiendo aplicarse lo dispuesto en el artículo 52, al que matare: 1°. A su ascendiente, descendiente, cónyuge, ex cónyuge, o a la persona con quien mantiene o ha mantenido una relación de pareja, mediare o no convivencia. 4°. Por placer, codicia, odio racial, religioso, de género o a la orientación sexual, identidad de género o su expresión.
Además, quedan incorporados para las sanciones los incisos 11 y 12 del artículo 80 del Código Penal con la siguiente redacción: " 11. A una mujer cuando el hecho sea perpetrado por un hombre y mediare violencia de género". y se establece en el "12. Con el propósito de causar sufrimiento a una persona con la que se mantiene o ha mantenido una relación en los términos del inciso 1°".
También se sustituye el artículo 80 in fine del Código Penal, el cual quedará de la siguiente manera:" Cuando en el caso del inciso 1° de este artículo, mediaren circunstancias extraordinarias de atenuación, el juez podrá aplicar prisión o reclusión de ocho (8) a veinticinco (25) años. Esto no será aplicable a quien anteriormente hubiera realizado actos de violencia contra la mujer víctima".
Fuente: ambito
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