En diálogo con LT10, Carlos Fascendini, ministro de la Producción, expresó que “la resolución ministerial prohíbe utilizar los agroquímicos que atacan las malezas. Nos referimos fundamentalmente a los que comúnmente son conocidos como glifosatos. Con esta resolución evitamos que se fumigue dentro del ejido urbano. El decreto comprende campings y barrios privados”.
Consultado sobre qué ocurre con las canchas de fútbol o de rugby de los clubes, Carlos Fascendini sostuvo que “habrá que quitar las malezas manualmente. No se podrá fumigar. El control estará a cargo de municipios y comunas”.
Por su parte, Marcelino Díaz, responsable del cuidado del campo de juego de Patronato, explicó por LT10 que “para cuidar una cancha hay que cortar el césped, tapar los pozos y fertilizar la cancha. Al césped hay que brindarle nutrientes para que crezca y mantenga su verdor. Para lograr esto, hay que utilizar nitrógeno, urea, potasio y fosfato amónico. Todo esto hace reaccionar y poner en buenas condiciones el campo de juego. Esto no son elementos nocivos para la salud de la gente o los trabajadores. Estos productos se aplican con sembradoras-fertilizadoras”.
En este sentido, Marcelino Díaz agregó que “podríamos llegar a tener problemas con los insecticidas que se utilizan para matar las plagas o la maleza. Yo prefiero sacar las malezas en forma manual o mecánica porque te asegura no dañar el césped, ni la salud de los trabajadores o espectadores”.
La provincia solicitó a las autoridades de municipios y comunas que no usen productos agroquímicos para el control de vegetación, tanto en espacios urbanos públicos como privados. La notificación se publicó en el Boletín Oficial y fue firmada por los ministerios Aguas, Servicios Públicos y Medio Ambiente; de Salud; de Producción, de Trabajo y Seguridad Social; y de Gobierno y Reforma del Estado.
Se indicó que la iniciativa “se corresponde con una de las acciones contempladas en el Proyecto Estratégico de la provincia de Santa Fe dentro del Programa Territorio Integrado-Calidad Ambiental”. Además, para evitar cualquier mala interpretación o decisiones discrecionales de parte de las autoridades locales, la resolución dice que “se debe dar la más amplía acepción al concepto de espacios verdes”.
En tal sentido, “entendiéndose mínimamente comprensivo de: plazas, parques, bordes de caminos, de vías, de canales, cunetas, cementerios, entre otros lugares públicos y ámbito privados en general, tanto residenciales como no residenciales”. Por caso, las zonas con countries, barrios privados, clubes y campings.
Entre los fundamentos de la resolución, el gobierno también señaló que el planteo a los pueblos y ciudades es para que promuevan “acciones tendientes a erradicar el uso de agroquímicos como modo de control químico de la vegetación en los espacios verdes urbanos y en su lugar sólo se realice control mecánico de la misma”.
Este comité interministerial, que se creó en 2010, recordó que la Ley Nº 11.273 –de fitosanitarios– tiene como objetivos “la protección de la salud humana, los recursos naturales y de la producción agrícola, a través de la correcta y racional utilizaciones de productos fitosanitarios, como así también evitar la contaminación de los alimentos y del medio ambiente”.
Es así que “la mentada norma establece la prohibición de tenencia y/o aplicación de productos fitosanitarios cuyo uso no esté recomendado por el Instituto Argentino de Sanidad y Calidad Vegetal (IASCAV), o el organismo que lo sustituya, para las especies hortícolas, frutícolas o florales, según corresponda”. No obstante la expresa manda legal, se reconoció que “no se han extremado los recaudos necesarios con miras a controlar y erradicar definitivamente dichas prácticas” y “que ello conlleva diversos impactos adversos para la salud de la población y el medio ambiente”.
LT10 - Resolución interministerial
Martes 20 de Agosto de 2013 - 00:22 hs
La provincia limita el uso de fitosanitarios en áreas urbanas
La medida dictada hace varias semanas, que se conoció en las últimas horas, extiende a zona súrbanas la prohibición del uso de agroquímicos, de determinadas toxicidad. El ministerio de la Producción y los municipios y comunas serán autoridades de aplicación.
Fuente: LT10