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Martes 13 de Noviembre de 2012 - 13:15 hs

La UIF estableció nuevas obligaciones para la AFA y los clubes de fútbol

Las entidades deberán informar al Estado el titular de cada uno de los pases de cada futbolista. Así lo establece una resolución publicada en el Boletín Oficial en el marco de la lucha contra el “lavado de activos y financiación del terrorismo”.

La Unidad de Información Financiera (UIF) estableció una serie de nuevas obligaciones que deberán cumplir la Asociación del Fútbol Argentino (AFA) y los clubes cuyos equipos participen de los torneos de Primera División y Primera B Nacional.

A través de la Resolución 196/2012, publicada este martes en el Boletín Oficial, se estableció que estos clubes deberán remitir a la AFA "documentación relativa a sus clientes, para que cuente con los elementos necesarios para el cumplimiento de sus obligaciones como sujeto obligado a informar" a la UIF.

Asimismo se determinó que la AFA "deberá considerar el cumplimiento que los clubes observen de tal obligación, como una de las cuestiones a tener en consideración a la hora de decidir efectuar un Reporte de Operación Sospechosa" a la UIF.

La AFA deberá "informar por única vez antes del 31 de diciembre del corriente año, la titularidad de la totalidad de los derechos económicos, derivados de derechos federativos de todos los jugadores que integran cada uno de los planteles profesionales", puntualizó la normativa.

Además tendrá que "informar en períodos semestrales, las transferencias o cesiones de derechos federativos; la titularidad de la totalidad de los derechos económicos, derivados de derechos federativos de todos los jugadores que integran cada uno de los planteles profesionales".

También la entidad suministrará la información sobre "los préstamos recibidos (onerosos o no) por importes superiores a la suma de $100.000 o el equivalente en otras monedas, efectuados en un solo acto o fraccionados en varios actos que en su conjunto superen esa cifra, otorgados por una o varias personas relacionadas, en un período no superior a los 30 días".

Asimismo, habrá que "informar anualmente, al término de cada torneo, aquellos clubes cuyos equipos de fútbol hubieran ascendido a la categoría Primera B Nacional y los que hubieran descendido de la citada categoría".

Fuente: telam.com.ar

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