Luego de quedar afuera del Torneo Apertura, Boca apuesta todo a la Copa Libertadores
Lunes 10 de Septiembre de 2012 - 22:41 hs
Prohíben la comercialización de fugazza, palmeritas y roscas “Pascualito”
La Agencia Santafesina de Seguridad Alimentaria (Assal) dispuso decomisar y prohibir la comercialización de los productos fugazza, palmeritas y roscas marca “Pascualito” en todas las presentaciones en que se encuentren, de la firma elaboradora Ilari Rubén Pascual, con domicilio en La Rioja 3862 de la ciudad de Santa Fe.
Así lo indicó el director provincial de ese organismo provincial, Raúl Samitier, precisando que estos productos “no se encuentran inscriptos en el Registro Nacional de Productos Alimenticios (RNPA)”, así como que el RNPA expresando en el rótulo de la fugazza “corresponde a otro producto”.
Además, se tuvo en cuenta que por medio de Acta Multifunción Nº 6636 se intervinieron “roscas correspondientes al RNE Nº 21-062727 y en cuyo rótulo se expresa un RNPA inexistente”, destacándose que “la falta de registros no permite la trazabilidad y seguridad de los alimentos”
“Se debe garantizar que los rótulos cuenten con toda la información obligatoria y que la misma sea cierta y correcta a fin de brindar herramientas a los consumidores de alimentos”, aclaró Samitier.
Finalmente, el funcionario aseguró que “se deben prevenir riesgos mayores que puedan afectar la salud de la población”, en el marco de que lo expresando “configura una infracción a lo establecido en el artículo 3º del Código Alimentario Argentino, ley N° 18.284”.
Así lo indicó el director provincial de ese organismo provincial, Raúl Samitier, precisando que estos productos “no se encuentran inscriptos en el Registro Nacional de Productos Alimenticios (RNPA)”, así como que el RNPA expresando en el rótulo de la fugazza “corresponde a otro producto”.
Además, se tuvo en cuenta que por medio de Acta Multifunción Nº 6636 se intervinieron “roscas correspondientes al RNE Nº 21-062727 y en cuyo rótulo se expresa un RNPA inexistente”, destacándose que “la falta de registros no permite la trazabilidad y seguridad de los alimentos”
“Se debe garantizar que los rótulos cuenten con toda la información obligatoria y que la misma sea cierta y correcta a fin de brindar herramientas a los consumidores de alimentos”, aclaró Samitier.
Finalmente, el funcionario aseguró que “se deben prevenir riesgos mayores que puedan afectar la salud de la población”, en el marco de que lo expresando “configura una infracción a lo establecido en el artículo 3º del Código Alimentario Argentino, ley N° 18.284”.
Fuente: Prensa gobierno de Santa Fe
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