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Miércoles 18 de Julio de 2012 - 22:08 hs
Prohíben la comercialización de torteletis con jamón “La Genovesa” y salame tipo casero “Sutera”
La Agencia Santafesina de Seguridad Alimentaria (Assal) dispuso, mediante las alertas alimentarias N° 71 y 72, decomisar y prohibir la comercialización en todas las presentaciones en que se encuentren de los productos torteletis con jamón, marca “La Genovesa”, elaborado por la firma Genovesa S. de H., con domicilio en San Martín 134 de Venado Tuerto; y Salame tipo Casero, marca “Sutera”, con empresa elaboradora en General Paz 240 de Marcos Juárez Córdoba.
En el caso del los torteletis con jamón, la orden de la assal Nº 62 amplía la medida a “todas las presentaciones en que se encuentren como cualquier otro producto elaborado por dicha marca”; mientras que la orden 63, respecto del salame tipo casero, refiere a “todas las presentaciones en que se encuentren”.
El director del organismo, Raúl Samitier, indicó que la decisión adoptada con los torteletis con jamón, estuvo fundada en que “el Registro Nacional de Productos Alimenticios (RNPA) expresado en los rótulos es inexistente y que la falta de registros no permite la trazabilidad y seguridad de los alimentos”.
En cuanto al restante producto, el Área de Seguridad Alimentaria de Los Quirquinchos, dejó constancia en Acta Multifunción Nº 00031, de la intervención a esos productos en el domicilio Urquiza 658, de esa localidad.
Se consignó que en los rótulos de los productos intervenidos “no se encuentra indicado el Registro Nacional de Establecimiento, que la falta de registros no permite la trazabilidad y seguridad de los alimentos y que los rótulos carecen de información obligatoria”.
Tanto para uno como otro producto, la Assal destacó en su decisión que “se deben prevenir riesgos mayores que puedan afectar la salud de la población”, constituyendo lo indicado “infracciones a la Legislación Alimentaria Vigente -Ley N° 18.284”.
Samitier indicó que “a ambas firmas elaboradoras se les otorgó un plazo de 72 horas para efectuar descargo, continuándose con el procedimiento correspondiente a fin de establecer, en su caso, la multa pertinente”.
En el caso del los torteletis con jamón, la orden de la assal Nº 62 amplía la medida a “todas las presentaciones en que se encuentren como cualquier otro producto elaborado por dicha marca”; mientras que la orden 63, respecto del salame tipo casero, refiere a “todas las presentaciones en que se encuentren”.
El director del organismo, Raúl Samitier, indicó que la decisión adoptada con los torteletis con jamón, estuvo fundada en que “el Registro Nacional de Productos Alimenticios (RNPA) expresado en los rótulos es inexistente y que la falta de registros no permite la trazabilidad y seguridad de los alimentos”.
En cuanto al restante producto, el Área de Seguridad Alimentaria de Los Quirquinchos, dejó constancia en Acta Multifunción Nº 00031, de la intervención a esos productos en el domicilio Urquiza 658, de esa localidad.
Se consignó que en los rótulos de los productos intervenidos “no se encuentra indicado el Registro Nacional de Establecimiento, que la falta de registros no permite la trazabilidad y seguridad de los alimentos y que los rótulos carecen de información obligatoria”.
Tanto para uno como otro producto, la Assal destacó en su decisión que “se deben prevenir riesgos mayores que puedan afectar la salud de la población”, constituyendo lo indicado “infracciones a la Legislación Alimentaria Vigente -Ley N° 18.284”.
Samitier indicó que “a ambas firmas elaboradoras se les otorgó un plazo de 72 horas para efectuar descargo, continuándose con el procedimiento correspondiente a fin de establecer, en su caso, la multa pertinente”.
Fuente: Prensa gobierno de Santa Fe
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