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Miércoles 27 de Junio de 2012 - 20:46 hs
Reglamentan la prohibición sobre la utilización de banquinas de rutas provinciales con fines agrícolas
Con la firma de la resolución 508/2012 se reglamentaron las excepciones a la resolución existente bajo el número 094/2012, la cual prohíbe la utilización con fines agrícolas de las banquinas de las rutas provinciales en todo el territorio santafesino, respetando las superficies que por razones de seguridad deben permanecer libres de obstáculos y facultando a las Jefaturas de Zonas de Vialidad a realizar la destrucción de todo tipo de cultivos existentes en el ámbito de su jurisdicción.
La misma determina también que cualquier ocupación o intervención de tipo ambiental o productivo en las zonas de camino, deberá contar con la autorización expresa de Vialidad, conforme la reglamentación de la nueva resolución.
En la misma, establecida como Nº 508/2012, expresa los criterios y las formas de presentación para las excepciones, en el Manual de Procedimientos para el Ordenamiento de las intervenciones que se realicen en las zonas de caminos de las rutas provinciales, así como los objetivos generales tendientes a:
>> Ofrecer normas de conductas para todas las personas involucradas en el uso de zonas de caminos.
>> Establecer principios de conformidad con las normas de seguridad vial y del derecho a un ambiente sano; y que las actividades relacionadas se lleven a cabo de forma responsable, teniendo en cuenta todos los aspectos biológicos, tecnológicos, económicos, sociales y ambientales pertinentes.
>> Establecer principios y criterios para aplicar las políticas viales encaminadas a la conservación de los ambientes involucrados y a la ordenación y desarrollo del territorio responsable.
>> Promover la contribución de la conservación de la biodiversidad a la seguridad alimentaria y a la calidad de la alimentación, otorgando prioridad del uso de zonas de caminos a las necesidades de las comunidades locales
Dentro de los conceptos principales, el administrador de Vialidad Provincial, Juan José Bertero, manifestó que “buscamos que las rutas provinciales sean también corredores ambientales, con todo lo que ello significa e involucra en cuestiones sociales, económicas y ambientales”.-
La misma determina también que cualquier ocupación o intervención de tipo ambiental o productivo en las zonas de camino, deberá contar con la autorización expresa de Vialidad, conforme la reglamentación de la nueva resolución.
En la misma, establecida como Nº 508/2012, expresa los criterios y las formas de presentación para las excepciones, en el Manual de Procedimientos para el Ordenamiento de las intervenciones que se realicen en las zonas de caminos de las rutas provinciales, así como los objetivos generales tendientes a:
>> Ofrecer normas de conductas para todas las personas involucradas en el uso de zonas de caminos.
>> Establecer principios de conformidad con las normas de seguridad vial y del derecho a un ambiente sano; y que las actividades relacionadas se lleven a cabo de forma responsable, teniendo en cuenta todos los aspectos biológicos, tecnológicos, económicos, sociales y ambientales pertinentes.
>> Establecer principios y criterios para aplicar las políticas viales encaminadas a la conservación de los ambientes involucrados y a la ordenación y desarrollo del territorio responsable.
>> Promover la contribución de la conservación de la biodiversidad a la seguridad alimentaria y a la calidad de la alimentación, otorgando prioridad del uso de zonas de caminos a las necesidades de las comunidades locales
Dentro de los conceptos principales, el administrador de Vialidad Provincial, Juan José Bertero, manifestó que “buscamos que las rutas provinciales sean también corredores ambientales, con todo lo que ello significa e involucra en cuestiones sociales, económicas y ambientales”.-
Fuente: Prensa gobierno de Santa Fe
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