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Martes 12 de Junio de 2012 - 07:48 hs
El Gobierno incluye en nuevo Código Civil la pesificación de contratos
El Ejecutivo modificó el texto original y aclara que podrán pagarse en pesos al tipo de cambio oficial las obligaciones contraídas en divisas. Una comisión bicameral debe discutir la norma. Se dejarían atrás cláusulas vigentes de la convertibilidad.
Finalmente, la pesificación de contratos llegó al Congreso en un proyecto de ley enviado por la presidenta Cristina Fernández. El uso exclusivo de pesos para cumplir las obligaciones de dar dinero y no de cualquier divisa, como hasta ahora fue agregado a último momento a la iniciativa para unificar los códigos Civil y Comercial que el Ejecutivo envió el viernes al Parlamento. El Gobierno modificó la letra de la comisión de notables, encabezada por el presidente de la Corte Suprema Ricardo Lorenzetti.
El artículo 765 del proyecto para unificar los códigos Civil y Comercial dispone: La obligación es de dar dinero si el deudor debe cierta cantidad de moneda, determinada o determinable, al momento de constitución de la obligación. Si por el acto por el que se ha constituido la obligación se estipuló dar moneda que no sea de curso legal en la República, la obligación debe considerarse como de dar cantidades de cosas y el deudor puede liberarse dando el equivalente en moneda de curso legal, de conformidad con la cotización oficial.
Así, el Gobierno pretende dejar de lado a los actuales artículos 617 y 619 del Código Civil. El primero estipula que los compromisos contraídos en monedas que no sean de curso legal, como dólares o euros, deben considerarse como obligaciones de dar sumas de dinero. El segundo asevera: Si la obligación del deudor fuese de entregar una suma de determinada especie o calidad de moneda, cumple la obligación dando la especie designada, el día de su vencimiento.
El proyecto de unificación fue elaborado por Lorenzetti, su par en la Corte Elena Highton y la jurista mendocina Aída Kemelmajer de Carlucci. Al presentarlo, el Gobierno hizo hincapié en el avance cultural y en el reconocimiento de derechos que el texto (2.671 artículos) realiza a las minorías.
Su redacción original, presentada a la Presidenta el 24 de febrero, no contemplaba cambios en las obligaciones de dar dinero. Cualquier compromiso contraído en dólares debía cancelarse en esa divisa. Así se desprende del primigenio artículo 765: La obligación es de dar dinero si el deudor debe cierta cantidad de moneda, determinada o determinable, al momento de constitución de la obligación. Si por el acto por el que se ha constituido la obligación, se estipuló dar moneda que no sea de curso legal en la República, la obligación debe considerarse como de dar sumas de dinero. Este precepto continúa con la redacción del artículo 617, que data de la ley de Convertibilidad.
La nueva redacción del artículo 765 está en línea con el proyecto de ley presentado el jueves por el diputado del Frente para la Victoria (FPV) Edgardo Depetri. Según trascendió, el legislador comunicó la semana pasada su iniciativa a el secretario Legal y Técnico del Gobierno, Carlos Zannini, encargado de las modificaciones de último momento al compendio legislativo enviado al Parlamento. Consultado por El Cronista, Depetri no desmintió esta versión, aunque dijo no estar al tanto de los cambios.
El proyecto de Depetri, sin embargo, excluye de la pesificación a los contratos en curso, algo que no está claro en la nueva norma. Según distintas interpretaciones, de sancionarse el nuevo código se aplicaría a las relaciones jurídicas en curso. En tanto, los abogados recomiendan a quienes tienen contratos en dólares y no consigan divisas realizar depósitos judiciales en pesos en consignación al tipo de cambio oficial.
La pesificación de contratos había sido desmentida por el viceministro de Economía, Axel Kicillof, hace diez días. El fin de semana, Agustín Rossi, el titular de la bancada del FPV en el Congreso, había dicho que esperaban una señal del Poder Ejecutivo para avanzar en ese sentido. La señal llegó. Ahora, una comisión bicameral deberá discutir el nuevo texto normativo.
El artículo 765 del proyecto para unificar los códigos Civil y Comercial dispone: La obligación es de dar dinero si el deudor debe cierta cantidad de moneda, determinada o determinable, al momento de constitución de la obligación. Si por el acto por el que se ha constituido la obligación se estipuló dar moneda que no sea de curso legal en la República, la obligación debe considerarse como de dar cantidades de cosas y el deudor puede liberarse dando el equivalente en moneda de curso legal, de conformidad con la cotización oficial.
Así, el Gobierno pretende dejar de lado a los actuales artículos 617 y 619 del Código Civil. El primero estipula que los compromisos contraídos en monedas que no sean de curso legal, como dólares o euros, deben considerarse como obligaciones de dar sumas de dinero. El segundo asevera: Si la obligación del deudor fuese de entregar una suma de determinada especie o calidad de moneda, cumple la obligación dando la especie designada, el día de su vencimiento.
El proyecto de unificación fue elaborado por Lorenzetti, su par en la Corte Elena Highton y la jurista mendocina Aída Kemelmajer de Carlucci. Al presentarlo, el Gobierno hizo hincapié en el avance cultural y en el reconocimiento de derechos que el texto (2.671 artículos) realiza a las minorías.
Su redacción original, presentada a la Presidenta el 24 de febrero, no contemplaba cambios en las obligaciones de dar dinero. Cualquier compromiso contraído en dólares debía cancelarse en esa divisa. Así se desprende del primigenio artículo 765: La obligación es de dar dinero si el deudor debe cierta cantidad de moneda, determinada o determinable, al momento de constitución de la obligación. Si por el acto por el que se ha constituido la obligación, se estipuló dar moneda que no sea de curso legal en la República, la obligación debe considerarse como de dar sumas de dinero. Este precepto continúa con la redacción del artículo 617, que data de la ley de Convertibilidad.
La nueva redacción del artículo 765 está en línea con el proyecto de ley presentado el jueves por el diputado del Frente para la Victoria (FPV) Edgardo Depetri. Según trascendió, el legislador comunicó la semana pasada su iniciativa a el secretario Legal y Técnico del Gobierno, Carlos Zannini, encargado de las modificaciones de último momento al compendio legislativo enviado al Parlamento. Consultado por El Cronista, Depetri no desmintió esta versión, aunque dijo no estar al tanto de los cambios.
El proyecto de Depetri, sin embargo, excluye de la pesificación a los contratos en curso, algo que no está claro en la nueva norma. Según distintas interpretaciones, de sancionarse el nuevo código se aplicaría a las relaciones jurídicas en curso. En tanto, los abogados recomiendan a quienes tienen contratos en dólares y no consigan divisas realizar depósitos judiciales en pesos en consignación al tipo de cambio oficial.
La pesificación de contratos había sido desmentida por el viceministro de Economía, Axel Kicillof, hace diez días. El fin de semana, Agustín Rossi, el titular de la bancada del FPV en el Congreso, había dicho que esperaban una señal del Poder Ejecutivo para avanzar en ese sentido. La señal llegó. Ahora, una comisión bicameral deberá discutir el nuevo texto normativo.
Fuente: cronista.com
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