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Hoy - Grupos que superan los topes de regulación
Martes 22 de Mayo de 2012 - 16:45 hs
La Corte Suprema de Justicia destrabó un artículo clave de la Ley de Medios
Se trata del artículo 161, que obliga a las empresas del sector a desinvertir en un plazo máximo de un año. “Este fallo es el último escalón que faltaba trepar para que la ley entre en vigencia integralmente”, opinó Busatto.
La Corte Suprema de Justicia resolvió hoy por voto unánime destrabar un artículo clave de la Ley de Medios, aprobada por el kirchnerismo en 2009 y que se encontraba en disputa entre el gobierno nacional y el Grupo Clarín. Se trata del 161, que establece la obligatoriedad de desinvertir en un plazo máximo de un año, para aquellos grupos que superen los topes de la regulación.
Fuentes tribunalicias anticiparon a LA NACION que la decisión fue adoptada con el voto concurrente de todos los jueces del máximo tribunal.
El artículo de la Ley de Medios dice textualmente: "Los titulares de licencias de los servicios y registros regulados por esta ley, que a la fecha de su sanción no reúnan o no cumplan los requisitos previstos por la misma, o las personas jurídicas que al momento de entrada en vigencia de esta ley fueran titulares de una cantidad mayor de licencias, o con una composición societaria diferente a la permitida, deberán ajustarse a las disposiciones de la presente en un plazo no mayor a un (1) año desde que la autoridad de aplicación establezca los mecanismos de transición".
En diálogo con LT10, Leandro Busatto, ex funcionario del CONFER en Santa Fe y actual diputado provincial del PJ, opinó que “me parece que esta es una muy buena noticia para todos los argentinos. Esto confirma que tenemos una Corte Suprema de Justicia que aplica el derecho con Justicia. Creo que la aplicación total de la ley de medios va a traer muchos efectos positivos”.
Además, Leandro Busatto agregó que “esta norma va a traer mayor federalización en la producción del interior del país y mayor cantidad de puestos de trabajo. Este fallo es el último escalón que faltaba trepar para que la ley entre en vigencia integralmente”.
Fuentes tribunalicias anticiparon a LA NACION que la decisión fue adoptada con el voto concurrente de todos los jueces del máximo tribunal.
El artículo de la Ley de Medios dice textualmente: "Los titulares de licencias de los servicios y registros regulados por esta ley, que a la fecha de su sanción no reúnan o no cumplan los requisitos previstos por la misma, o las personas jurídicas que al momento de entrada en vigencia de esta ley fueran titulares de una cantidad mayor de licencias, o con una composición societaria diferente a la permitida, deberán ajustarse a las disposiciones de la presente en un plazo no mayor a un (1) año desde que la autoridad de aplicación establezca los mecanismos de transición".
En diálogo con LT10, Leandro Busatto, ex funcionario del CONFER en Santa Fe y actual diputado provincial del PJ, opinó que “me parece que esta es una muy buena noticia para todos los argentinos. Esto confirma que tenemos una Corte Suprema de Justicia que aplica el derecho con Justicia. Creo que la aplicación total de la ley de medios va a traer muchos efectos positivos”.
Además, Leandro Busatto agregó que “esta norma va a traer mayor federalización en la producción del interior del país y mayor cantidad de puestos de trabajo. Este fallo es el último escalón que faltaba trepar para que la ley entre en vigencia integralmente”.
Fuente: lanacion.com
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