El tribunal de primera instancia dictó un fallo condenatorio para el hombre que se desempeñaba como portero en una institución educativa de nuestra ciudad. El sujeto fue hallado autor penalmente responsable del delito de abuso sexual con acceso carnal, calificado por ser encargado de la educación, y se le impuso una pena de 9 años y 6 meses de prisión de ejecución efectiva.
Al término del debate, la abogada querellante, Agustina Taboada —quien representa a la familia de la víctima—, manifestó que si bien se respetó la calificación legal que pretendían tanto la Fiscalía como la querella, el monto de los años de condena resultó insuficiente en comparación con los 18 años que habían solicitado originalmente.
"Cualquier condena por abuso sexual enmarca una situación muy difícil. Lo ideal hubiese sido que el hecho no ocurriera, porque la víctima va a convivir con esta situación toda su vida. Entendemos que la pena debería haber sido más elevada, por lo que analizaremos los fundamentos del tribunal para recurrir ante la Cámara de Apelaciones", adelantó la letrada.
Pese a la diferencia en el monto de la pena, Taboada destacó el trabajo del bloque acusador y calificó el debate como "muy solvente". "Se trató de una causa muy seria, investigada con la debida diligencia y con todos los fundamentos necesarios para llegar a juicio; el resultado condenatorio así lo demuestra", concluyó.
La reconstrucción del hecho a través de las cámaras de seguridad
Por su parte, la fiscal de la Unidad de Delitos Contra la Integridad Sexual, Jorgelina Moser Ferro, coincidió en que se arribó al fallo condenatorio que la Fiscalía sabía que iba a poder acreditar en el juicio. Al ser consultada sobre los argumentos técnicos del tribunal para aplicar la mitad de la pena solicitada, explicó que aguardará los fundamentos del fallo para evaluar en qué se basó ese monto exacto.

Moser Ferro brindó detalles del aberrante suceso ocurrido en el establecimiento y cómo se logró reconstruir la secuencia: "La situación ocurrió cuando una alumna pidió permiso en horario escolar para ir al baño. Al no encontrar papel higiénico, interactuó brevemente con el portero. El empleado regresó a los pocos segundos para entregárselo. Cuando la niña se estaba retirando, el hombre la interceptó con la excusa de realizar un 'juego' con una campera, colocándosela en el rostro, tras haberle propuesto previamente otra simulación con golosinas para que adivinara los sabores".
La fiscal destacó que los exámenes médicos realizados de madrugada confirmaron la presencia de material genético masculino en la boca de la menor. Explicó que, debido a las enzimas bucales, la muestra se encontraba degradada y no permitió determinar el perfil de ADN exacto, pero aclaró que "las cámaras de seguridad de la institución registraron la secuencia temporal de forma idéntica al relato brindado por la niña en Cámara Gesell".
El rol de la escuela y el rechazo a presiones externas
Consultada sobre el hecho de que la escuela pertenece al ámbito del clero, la representante del Ministerio Público de la Acusación (MPA) elogió el accionar institucional: "Debo decir que las autoridades del Colegio Macagno se comportaron de manera excelente. El representante legal y el personal directivo resguardaron a la menor de inmediato y pusieron todo a disposición de la justicia". Respecto al historial del empleado, aclaró que no existían alertas previas de gravedad, salvo llamados de atención administrativos vinculados al uso del teléfono celular en horario de servicio.
Finalmente, Moser Ferro minimizó el impacto de las manifestaciones civiles que habitualmente aluden a "falsas denuncias" y que acompañaron al imputado durante el proceso. "Presión no sentimos en absoluto. Estábamos totalmente convencidos porque contábamos con los elementos de prueba. En el juicio, la estrategia de la defensa no se centró en la falsedad de la denuncia, sino en atacar la capacidad investigativa de la Fiscalía", diferenció.
Con el dictado de esta sentencia, el condenado ingresará formalmente al Registro de Ofensores Sexuales de la provincia. "Este tipo de personas representan un riesgo sumamente alto; bajo ninguna circunstancia pueden volver a estar en contacto con menores de edad", concluyó la fiscal.