Luego de ser aprobada por el Senado la ley de Reforma Laboral durante la jornada hubo repercusiones desde todos los ámbitos sobre el proyecto que obtuvo media sanción.
El Colegio de Abogados de Santa Fe también se hizo eco de la norma, puntualmente sobre un artículo "del que se había hablado poco" y es el referente a las licencias por enfermedad.
Diego Giraudo, integrante del Instituto de Derecho Laboral de la entidad, remarcó por LT10 que "nos sorprendió a todos porque se había hablado poco y nada de esta cuestión. El empleador puede considerar que vos te enfermaste por una negligencia y te puede reducir el sueldo a la mitad del salario", ejemplificó.
El abogado, sostuvo: "Voy a hacer un supuesto, voy trotando porque estoy haciendo actividad física o estoy haciendo una torta en mi casa y me explota el horno. Si, claro, todos sabemos que el horno es peligroso, pero no es que estaba haciendo paracaidismo", continuó.
Entonces surge, según el especialista el dilema de quién determina que una actividad es riesgosa. "La Justicia", resaltó Giraudo, quien en este punto agregó que no será tal la baja esperada de litigiosidad.