Interés General - desde el 15 de enero

Jueves 08 de Enero de 2026 - 19:09 hs

Las Apps de Viajes quedarán habilitadas en nuestra ciudad

Finalmente promulgaron las modificaciones a la norma que regula el transporte de personas mediante aplicaciones móviles. Los conductores que quieran brindar el servicio podrán regularizar su situación hasta el 3 de marzo.

Actualizado: Jueves 08 de Enero de 2026 - 19:39 hs

Las Apps de Viajes quedarán habilitadas para el transporte de personas este 15 de enero, cuando entra en vigencia la ordenanza N°13.103, aprobada  por el Concejo Municipal, que dispuso cambios a la N° 12.991 contemplando la regulación de este servicio.

Así lo confirmó el intendente Juan Pablo Poletti este jueves y sostuvo que el objetivo es  "garantizar que quien transporta personas sea una persona idónea, con carnet profesional, con el auto con la reglamentación requerida".

Poletti también remarcó que desde la municipalidad serán  "muy estrictos con los controles de aquellos que transporten personas ya sea por una app, por taxi o por remises, todos tienen que contar con la habilitación".

Los conductores que deseen realizar el transporte de pasajeros por plataformas electrónicas tendrán treinta días hábiles para cumplimentar con las exigencias establecidas en la regulación vigente, entre ellas, la inscripción en el registro de conductores, y tener la licencia de conducir categoría D1. Este plazo vence el 3 de marzo de 2026, aunque cabe aclarar que el registro continuará abierto para seguir inscribiendo choferes.

"Aquel conductor de App que no pueda mostrar el carnet D1 y esté transportando pasajeros cobrándole, le pedimos al pasajero que sea realmente colaborativo con el municipio para poder protegerlos a ellos. Digamos que no sea cómplice de alguien que no quiere inscribirse,  y  aquel que no se inscribe será retenido el vehículo porque no está en condiciones de transportar pasajeros", dijo Poletti, quien agregó que estas sanciones también regirán para taxis y remises. 

Audio: Juan Pablo Poletti

Fuente: LT10