El Gobierno Nacional extendió la suspensión de las contrataciones del sector público, pero habilitó algunas excepciones para continuar con la política de achicamiento de la planta estatal.
Las jurisdicciones y entidades del Sector Público Nacional “no podrán realizar designaciones ni contrataciones de personal, bajo ninguna modalidad”.
En base a lo detallado en el decreto 934/2025, publicado en el Boletín Oficial, la prohibición alcanza a las plantas transitorias, los contratos bajo la Ley Marco de Empleo Público; los contratos laborales; las locaciones de servicios profesionales; las designaciones transitorias en cargos de planta permanente; las contrataciones financiadas por estatutos especiales o fuentes extrapresupuestarias.
Asimismo, el decreto establece excepciones en lo que define como áreas estratégicas o con regímenes especiales. Entre ellas enumera universidades nacionales; Fuerzas Armadas y Fuerzas de Seguridad; Servicio Penitenciario Federal; Sistema Nacional de Manejo del Fuego; Cuerpo de Guardaparques Nacionales; Personal de hospitales nacionales e institutos de investigación del Ministerio de Salud; Personal de gabinete; Designaciones para cubrir cargos ejecutivos y jefaturas (SINEP), entre otras.
En caso de aplicar la excepcionalidad, se establece una relación de dos bajas por cada alta. Las primeras son computables e incluyen renuncias, jubilaciones, desvinculaciones o finalización de contratos ocurridas durante 2026.
Sin embargo, no se contabilizan bajas producidas por planes de retiro voluntario u acuerdos de desvinculación. Además, cada alta deberá contar con validación previa de la Secretaría de Transformación del Estado y Función Pública.