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Lunes 05 de Marzo de 2012 - 20:01 hs
Los documentos Cero Año tendrán lugar para dos padres o madres
El gobierno nacional, a través del Registro Nacional de las Personas (Renaper), determinó que los hijos de parejas del mismo sexo tengan en sus documentos de identidad (DNI) “Cero Año” los nombres de sus dos papás o sus dos mamás. El presidente de la Federación Argentina de Lesbianas, Gays, Bisexuales y Trans, Esteban Paulón confirmó la iniciativa y consideró que se trata de un avance en la igualdad de derechos para todos los niños.
El Documento Nacional de Identidad (DNI) denominado "Cero Año" fue puesto en marcha en diciembre pasado, realizado mediante el uso de tecnologías digitales, a través de la captura digital de los datos filiatorios y biométricos, fotografía e impresiones dactilares, del menor, y de la firma del padre, madre o representante legal.
“La nueva resolución implica que a partir de ahora en este documento del recién nacido, se dejará lugar para dos mamás o dos papás. Esto también beneficia a los heterosexuales ya que ahora pueden firmar tanto el papá como la mamá”, explicó Paulón.
La resolución pertenece al Renaper y fue publicada en el boletín oficial con el número 464/12. Determina en sus fundamentos que la Ley Nº 26.618 del matrimonio igualitario introdujo modificaciones a la Ley Nº 26.413 del Registro Civil y a todo el plexo normativo, a través del artículo 42 de la misma, posibilitando las inscripciones de nacimientos sin discriminar entre los hijos de una familia conformada por dos personas del mismo o distinto sexo.
Paulón recordó que lo mismo llevó adelante el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, en donde se instruyó al Registro Civil local a no establecer diferencias discriminatorias entre las partidas de niños por la orientación sexual de sus progenitores.
El Documento Nacional de Identidad (DNI) denominado "Cero Año" fue puesto en marcha en diciembre pasado, realizado mediante el uso de tecnologías digitales, a través de la captura digital de los datos filiatorios y biométricos, fotografía e impresiones dactilares, del menor, y de la firma del padre, madre o representante legal.
“La nueva resolución implica que a partir de ahora en este documento del recién nacido, se dejará lugar para dos mamás o dos papás. Esto también beneficia a los heterosexuales ya que ahora pueden firmar tanto el papá como la mamá”, explicó Paulón.
La resolución pertenece al Renaper y fue publicada en el boletín oficial con el número 464/12. Determina en sus fundamentos que la Ley Nº 26.618 del matrimonio igualitario introdujo modificaciones a la Ley Nº 26.413 del Registro Civil y a todo el plexo normativo, a través del artículo 42 de la misma, posibilitando las inscripciones de nacimientos sin discriminar entre los hijos de una familia conformada por dos personas del mismo o distinto sexo.
Paulón recordó que lo mismo llevó adelante el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, en donde se instruyó al Registro Civil local a no establecer diferencias discriminatorias entre las partidas de niños por la orientación sexual de sus progenitores.
Fuente: Rosario 3
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