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Jueves 12 de Julio de 2012 - 07:50 hs
AFIP podrá frenar importaciones si la empresa no pagó impuestos
Fue publicada una actualización del manual de las DJAI.En la versión 6 del Manual de las DJAI, detalló los motivos por los cuales objetará los pedidos de compras al exterior. Hasta ahora las trabas sólo las ponía Comercio Interior
Actualizado: Sábado 12 de Marzo de 2016 - 06:57 hs
La AFIP –uno de los organismos habilitados para frenar la aprobación de las declaraciones juradas anticipadas de importación (DJAI)– blanqueó en las últimas horas que no habilitará los pedidos de compras al exterior de aquellos empresarios que tengan inconsistencias impositivas.
El listado de motivos por los cuales el organismo podrá realizar objeciones está detallado en la última versión del Manual de Uso para el Registro y Afectación de las DJAI, publicado en la página web de la AFIP durante el fin de semana. Entre ellos, figura que el operador posea inconsistencias en el domicilio; que no haya presentado la última declaración del impuesto a las Ganancias y de Bienes Personales; que la CUIT se encuentre inactiva, en la base de contribuyentes no confiables (por facturas apócrifas) o registrada con estado de quiebra.
También son motivo de bloqueo por parte de la AFIP que la CUIT no esté inscripta en el IVA y en Ganancias o que la clave única de algunos de los integrantes de la sociedad no esté registrada en Ganancias; además de la falta de presentación de las declaraciones juradas de IVA y la Seguridad Social dentro de los últimos 12 períodos fiscales mensuales.
De acuerdo con el documento, que consta de 25 páginas –se trata de una actualización de la versión 5 del manual, publicada en abril–, la AFIP se pronunciará sobre la DJAI en un plazo no mayor a los 10 días corridos y si ante un eventual bloqueo el “declarante tuviera alguna duda y/o problema respecto a la observación, debe dirigirse a la agencia DGI correspondiente al domicilio fiscal del contribuyente”.
Consultados acerca de la nueva versión del manual, operadores del comercio exterior afirmaron que con este cambio “habrá nuevos bloqueos por parte de la AFIP”, ya que “hasta ahora las DJAI sólo aparecían frenadas por la Secretaría de Comercio Interior, a cargo de Guillermo Moreno. En este caso, los importadores no logran saber los argumentos utilizados por el funcionario para impedir la aprobación, pero muchas veces se resuelve por medio de correos electrónicos que deben enviarle a Moreno.
Entre los factores que el secretario tiene en cuenta, se destaca la información de la balanza comercial de cada empresa. Para poder importar, la firma debe exportar, como mínimo, por el mismo valor. Para el resto, no hay alternativa, planteó claramente Moreno en una de sus últimas apariciones públicas.
A raíz de este régimen, instaurado desde febrero, las compras al exterior son cada vez menores. El Gobierno se fijó el objetivo de lograr un superávit comercial de u$s 10.000 millones en 2012 y su política de comercio exterior apunta a lograr esa meta. Las exportaciones hoy se están derrumbando por la crisis externa, por lo que la única forma de lograr ese superávit es restringiendo las importaciones.
El listado de motivos por los cuales el organismo podrá realizar objeciones está detallado en la última versión del Manual de Uso para el Registro y Afectación de las DJAI, publicado en la página web de la AFIP durante el fin de semana. Entre ellos, figura que el operador posea inconsistencias en el domicilio; que no haya presentado la última declaración del impuesto a las Ganancias y de Bienes Personales; que la CUIT se encuentre inactiva, en la base de contribuyentes no confiables (por facturas apócrifas) o registrada con estado de quiebra.
También son motivo de bloqueo por parte de la AFIP que la CUIT no esté inscripta en el IVA y en Ganancias o que la clave única de algunos de los integrantes de la sociedad no esté registrada en Ganancias; además de la falta de presentación de las declaraciones juradas de IVA y la Seguridad Social dentro de los últimos 12 períodos fiscales mensuales.
De acuerdo con el documento, que consta de 25 páginas –se trata de una actualización de la versión 5 del manual, publicada en abril–, la AFIP se pronunciará sobre la DJAI en un plazo no mayor a los 10 días corridos y si ante un eventual bloqueo el “declarante tuviera alguna duda y/o problema respecto a la observación, debe dirigirse a la agencia DGI correspondiente al domicilio fiscal del contribuyente”.
Consultados acerca de la nueva versión del manual, operadores del comercio exterior afirmaron que con este cambio “habrá nuevos bloqueos por parte de la AFIP”, ya que “hasta ahora las DJAI sólo aparecían frenadas por la Secretaría de Comercio Interior, a cargo de Guillermo Moreno. En este caso, los importadores no logran saber los argumentos utilizados por el funcionario para impedir la aprobación, pero muchas veces se resuelve por medio de correos electrónicos que deben enviarle a Moreno.
Entre los factores que el secretario tiene en cuenta, se destaca la información de la balanza comercial de cada empresa. Para poder importar, la firma debe exportar, como mínimo, por el mismo valor. Para el resto, no hay alternativa, planteó claramente Moreno en una de sus últimas apariciones públicas.
A raíz de este régimen, instaurado desde febrero, las compras al exterior son cada vez menores. El Gobierno se fijó el objetivo de lograr un superávit comercial de u$s 10.000 millones en 2012 y su política de comercio exterior apunta a lograr esa meta. Las exportaciones hoy se están derrumbando por la crisis externa, por lo que la única forma de lograr ese superávit es restringiendo las importaciones.
Fuente: cronista.com
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