El Granate cierra la fase regular en casa con la mira en el Top 4, pero su resultado puede modificar la posición del Tatengue en la tabla.
Viernes 17 de Febrero de 2012 - 19:36 hs
El ex juez Boggiano podrá cobrar su jubilación pese a haber sido destituido
Según un fallo de la Sala I de la Cámara de la Seguridad Social, dictado en el mes de diciembre y conocido esta mañana,Antonio Boggiano podrá acceder al beneficio previsional luego de que el tribunal confirmase una resolución de primera instancia en ese sentido.
Los camaristas Lilia Maffei de Borghi y Bernabé Chirinos, con la disidencia de su colega Victoria Pérez Tognola, confirmaron un fallo que declaró inconstitucional el artículo 29 de la Ley 24.018 que impide la jubilación de privilegio a jueces sancionados por un jury, al afirmar que “implícitamente impone una sanción no prevista” en la Constitución.
El voto mayoritario cuestiona la norma por medio de la cual, al ser destituido por juicio político, un magistrado no percibe el beneficio jubilatorio extraordinario conocido como asignación mensual vitalicia.
La norma que Boggiano cuestionó establece que "los beneficios de esta ley no alcanzan a los beneficiarios de la misma que, previo juicio político, o en su caso, previo sumario, fueren removidos por mal desempeño de sus funciones".
El ex ministro demandó al Estado y pidió a la Justicia que declare “la nulidad de los actos administrativos” que derivaron en la resolución 4156, en noviembre del 2007, por medio de la cual el Ministerio de Desarrollo Social le “denegó el derecho a la jubilación como ministro de la Corte Suprema de Justicia de la Nación”.
El cuestionado ex integrante de la Corte pidió "la inconstitucionalidad" de la norma "en cuanto priva al juez que hubiera sido destituido por juicio político del beneficio jubilatorio que otorga la ley mencionada”, en referencia a la 24.018.
Los camaristas Lilia Maffei de Borghi y Bernabé Chirinos, con la disidencia de su colega Victoria Pérez Tognola, confirmaron un fallo que declaró inconstitucional el artículo 29 de la Ley 24.018 que impide la jubilación de privilegio a jueces sancionados por un jury, al afirmar que “implícitamente impone una sanción no prevista” en la Constitución.
El voto mayoritario cuestiona la norma por medio de la cual, al ser destituido por juicio político, un magistrado no percibe el beneficio jubilatorio extraordinario conocido como asignación mensual vitalicia.
La norma que Boggiano cuestionó establece que "los beneficios de esta ley no alcanzan a los beneficiarios de la misma que, previo juicio político, o en su caso, previo sumario, fueren removidos por mal desempeño de sus funciones".
El ex ministro demandó al Estado y pidió a la Justicia que declare “la nulidad de los actos administrativos” que derivaron en la resolución 4156, en noviembre del 2007, por medio de la cual el Ministerio de Desarrollo Social le “denegó el derecho a la jubilación como ministro de la Corte Suprema de Justicia de la Nación”.
El cuestionado ex integrante de la Corte pidió "la inconstitucionalidad" de la norma "en cuanto priva al juez que hubiera sido destituido por juicio político del beneficio jubilatorio que otorga la ley mencionada”, en referencia a la 24.018.
Fuente: infobae
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