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Martes 27 de Diciembre de 2011 - 08:53 hs

Vencimientos de sellados anuales de sueldos y jornales

La Dirección Regional Santa Fe del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social de la provincia recuerda a los empleadores la plena vigencia del artículo 5 del Decreto Provincial 3114, que establece la obligatoriedad del sellado anual de libros de sueldos y jornales, así como de hojas móviles, entre el 1 de enero hasta el último día hábil de marzo de cada año.

Para la presentación de la documentación, se sugiere hacerlo con tiempo, para evitar aglomeraciones y demoras innecesarias.

En Santa Fe, el trámite se inicia obligatoriamente de forma on line, ingresando a www.mtyss.santafe.gov.ar/simtyhss/ciudadanos/. Luego, la presentación de la documentación deberá realizarse en la oficina de Recaudos y Control de la cartera laboral, sita en San Martín 2244, (2do. Piso) de lunes a viernes, de 7.30 a 12, a cincuenta usuarios por día.

Fuente: ministerio de trabajo y seguridad social