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Miércoles 14 de Diciembre de 2011 - 13:48 hs
Fosa común en un centro clandestino en Tucumán
Lo informó el juzgado federal a cargo de Daniel Bejas. Es en el ex Arsenal Miguel de Azcuénaga. Fueron encontrados restos óseos correspondientes a un mínimo de 15 personas y proyectiles de armas de fuego. Comunicado completo.
“HALLAZGO DE FOSA COMUN DE INHUMACIÓN EN EL ARSENAL MIGUEL DE AZCUENAGA DE SAN MIGUEL DE TUCUMAN.
Que en el marco de la realización de excavaciones en el ex Arsenal Miguel de Azcuénaga sito en San Miguel de Tucumán, se produjo el hallazgo de una fosa común de inhumación de personas, donde fueron hallados -hasta la fecha- restos óseos correspondientes a un mínimo de 15 (quince) individuos esqueletizados parcialmente quemados, ubicados en diferentes profundidades y con distintas orientaciones, en la mayor parte de los casos dispuestos en relación anatómica. Como elementos asociados a los restos óseos se hallaron: proyectiles de armas de fuego, restos de ropa y calzado.-
Que dicho hallazgo se produjo a instancia de la substanciación de una pericia a cargo del Equipo Argentino de Antropología Forense con colaboración del Grupo Interdisciplinario de Arqueología y Antropología de Tucumán.
Que la investigación relativa a la localización de fosas comunes en el predio del ex Arsenal Miguel de Azcuénaga tramitó en el ámbito de la causa 400563/05 ante el Juzgado Federal n°2 de Tucumán desde su inicio en el año 2005 hasta el 26 de setiembre de 2011 momento en el cual es atraída por la mega-causa penal donde se investigan los delitos perpetrados en el ámbito del centro clandestino de detención que habría funcionado en el Arsenal Miguel de Azcuénaga (causa 400443/84) y que se encuentra radicada en el Juzgado Federal n° 1 a cargo del Dr. Raúl Daniel Bejas, Secretaría de Derechos Humanos a cargo de María Virginia Duffy.
Que la remisión de la investigación pericial se produce a consecuencia de los hallazgos producidos en el predio del ex Arsenal Miguel de Azcuénaga el 31 de marzo de 2011, momento en que se detecta la primera remoción en profundidad descubriéndose restos óseos y material asociado y la presencia de paredes quemadas.
Que en el peritación de la fosa hallada se advirtieron marcas de retroexcabadora, posteriores a la presunta quema de cuerpos, habilitándose la hipótesis de que primero se habría producido la quema de cuerpos, luego la remoción de la fosa mediante uso de retroexcavadora, para finalmente procederse a su relleno. Que las remociones se efectuaron en diferentes direcciones advirtiéndose marcas de oruga como la de los tanques de guerra.
Que a la fecha se encuentran identificados a los fines periciales cuatros sectores denominados “conjuntos quemados 1”, “conjuntos quemados 2” “conjunto quemado 3” y conjunto quemado 4”.
Que en el ámbito del “conjunto quemado 4” en niveles superiores se produjo a partir del 25 de noviembre el hallazgo de huesos completos no asociados, y continuando con la excavación pericial se descubrió lo que fuera una fosa común con la presencia de cuerpos completos en diferentes posiciones, varios de ellos atados en las extremidades superiores, algunos con presencia de proyectiles de arma de fuego y vainas asociados directamente. Que los cuerpos hallados se encontraban ubicados como cayeron. Que la fosa habría sido de quema atento la presencia de círculos de neumáticos y rastros de combustión en los cuerpos, pero la misma no habría concluido por razones desconocidas.
Que al parecer la fosa peritada habría sido abierta con pala en forma manual. Que la evidencia hallada permitiría suponer que fue el lugar de ejecución
El hallazgo descripto fortalecería la presunciones existentes respecto a la comisión del delito de homicidio agravado y la relativa a un accionar posterior destinado a garantizar la impunidad de los delitos perpetrados, conforme se sostuviera en el auto de procesamiento dictado con fecha 27 de diciembre de 2010 en el marco de la megacausa “Arsenal Miguel de Azcuénaga CCD s/Secuestros y Desapariciones” Expte. 400443/84.
“HALLAZGO DE FOSA COMUN DE INHUMACIÓN EN EL ARSENAL MIGUEL DE AZCUENAGA DE SAN MIGUEL DE TUCUMAN.
Que en el marco de la realización de excavaciones en el ex Arsenal Miguel de Azcuénaga sito en San Miguel de Tucumán, se produjo el hallazgo de una fosa común de inhumación de personas, donde fueron hallados -hasta la fecha- restos óseos correspondientes a un mínimo de 15 (quince) individuos esqueletizados parcialmente quemados, ubicados en diferentes profundidades y con distintas orientaciones, en la mayor parte de los casos dispuestos en relación anatómica. Como elementos asociados a los restos óseos se hallaron: proyectiles de armas de fuego, restos de ropa y calzado.-
Que dicho hallazgo se produjo a instancia de la substanciación de una pericia a cargo del Equipo Argentino de Antropología Forense con colaboración del Grupo Interdisciplinario de Arqueología y Antropología de Tucumán.
Que la investigación relativa a la localización de fosas comunes en el predio del ex Arsenal Miguel de Azcuénaga tramitó en el ámbito de la causa 400563/05 ante el Juzgado Federal n°2 de Tucumán desde su inicio en el año 2005 hasta el 26 de setiembre de 2011 momento en el cual es atraída por la mega-causa penal donde se investigan los delitos perpetrados en el ámbito del centro clandestino de detención que habría funcionado en el Arsenal Miguel de Azcuénaga (causa 400443/84) y que se encuentra radicada en el Juzgado Federal n° 1 a cargo del Dr. Raúl Daniel Bejas, Secretaría de Derechos Humanos a cargo de María Virginia Duffy.
Que la remisión de la investigación pericial se produce a consecuencia de los hallazgos producidos en el predio del ex Arsenal Miguel de Azcuénaga el 31 de marzo de 2011, momento en que se detecta la primera remoción en profundidad descubriéndose restos óseos y material asociado y la presencia de paredes quemadas.
Que en el peritación de la fosa hallada se advirtieron marcas de retroexcabadora, posteriores a la presunta quema de cuerpos, habilitándose la hipótesis de que primero se habría producido la quema de cuerpos, luego la remoción de la fosa mediante uso de retroexcavadora, para finalmente procederse a su relleno. Que las remociones se efectuaron en diferentes direcciones advirtiéndose marcas de oruga como la de los tanques de guerra.
Que a la fecha se encuentran identificados a los fines periciales cuatros sectores denominados “conjuntos quemados 1”, “conjuntos quemados 2” “conjunto quemado 3” y conjunto quemado 4”.
Que en el ámbito del “conjunto quemado 4” en niveles superiores se produjo a partir del 25 de noviembre el hallazgo de huesos completos no asociados, y continuando con la excavación pericial se descubrió lo que fuera una fosa común con la presencia de cuerpos completos en diferentes posiciones, varios de ellos atados en las extremidades superiores, algunos con presencia de proyectiles de arma de fuego y vainas asociados directamente. Que los cuerpos hallados se encontraban ubicados como cayeron. Que la fosa habría sido de quema atento la presencia de círculos de neumáticos y rastros de combustión en los cuerpos, pero la misma no habría concluido por razones desconocidas.
Que al parecer la fosa peritada habría sido abierta con pala en forma manual. Que la evidencia hallada permitiría suponer que fue el lugar de ejecución
El hallazgo descripto fortalecería la presunciones existentes respecto a la comisión del delito de homicidio agravado y la relativa a un accionar posterior destinado a garantizar la impunidad de los delitos perpetrados, conforme se sostuviera en el auto de procesamiento dictado con fecha 27 de diciembre de 2010 en el marco de la megacausa “Arsenal Miguel de Azcuénaga CCD s/Secuestros y Desapariciones” Expte. 400443/84.
Fuente: cij.gov.ar
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