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Miércoles 23 de Noviembre de 2011 - 20:12 hs
La Justicia procesó a Luciano Menéndez y a otras tres personas por violación
La Cámara Federal de Mendoza imputó a los acusados por haber sido autores mediatos ese crimen, considerado de lesa humanidad. "Se habría demostrado a través de numerosos testimonios que la violencia sexual y la violación eran una práctica permanente", aclararon en el auto del procesamiento
La Sala B de la Cámara Federal de Apelaciones de la provincia de Mendoza resolvió procesar a Luciano Benjamín Menéndez, Juan Agustín Oyarzabal, Eduardo Smaha y Armando Osvaldo Fernández por el delito de "violación sexual en concurso real y en calidad de autores mediatos, en sus respectivas cadenas de mandos", según consignó el Centro de Información Judicial.
En su falló, los magistrados destacaron que "se habría demostrado a través de numerosos testimonios que la violencia sexual yla violación eran una práctica permanente en los centros clandestinos de detención".
"Si bien las violaciones habrían sido sufridas también por varones en ciertos casos, las principales víctimas fueron mujeres, a las que se les infringió otros tipos de violencia sexual. Así, por ejemplo la desnudez forzada, y violencias que tienen que ver con particularidades biológicas de la mujer como su carácter de gestante: embarazos forzados y abortos forzados", indicaron los magistrados.
En esa línea, el tribunal concluyó: "De lo expuesto surgiría que, la violación sexual fue una práctica sistemática y generalizada en los centros clandestinos de detención, por lo que, en dichos casos, conforme lo estipulado en diversos instrumentos internacionales sobre el tema, los delitos sexuales son equiparables a la tortura en cuanto crimen de lesa humanidad".
La Sala B de la Cámara Federal de Apelaciones de la provincia de Mendoza resolvió procesar a Luciano Benjamín Menéndez, Juan Agustín Oyarzabal, Eduardo Smaha y Armando Osvaldo Fernández por el delito de "violación sexual en concurso real y en calidad de autores mediatos, en sus respectivas cadenas de mandos", según consignó el Centro de Información Judicial.
En su falló, los magistrados destacaron que "se habría demostrado a través de numerosos testimonios que la violencia sexual yla violación eran una práctica permanente en los centros clandestinos de detención".
"Si bien las violaciones habrían sido sufridas también por varones en ciertos casos, las principales víctimas fueron mujeres, a las que se les infringió otros tipos de violencia sexual. Así, por ejemplo la desnudez forzada, y violencias que tienen que ver con particularidades biológicas de la mujer como su carácter de gestante: embarazos forzados y abortos forzados", indicaron los magistrados.
En esa línea, el tribunal concluyó: "De lo expuesto surgiría que, la violación sexual fue una práctica sistemática y generalizada en los centros clandestinos de detención, por lo que, en dichos casos, conforme lo estipulado en diversos instrumentos internacionales sobre el tema, los delitos sexuales son equiparables a la tortura en cuanto crimen de lesa humanidad".
Fuente: infobae
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