Jorge Baremberg, referente del Centro Comercial, decidió poner fin a la actividad de uno de los locales más emblemáticos de la ciudad. El cambio en los hábitos de consumo y la falta de relevo generacional fueron los factores determinantes.
Lunes 28 de Febrero de 2011 - 22:25 hs
Tres miembros de una banda neonazi, a juicio
Fernando David González Radrizzi, Federico Ernesto Ay y Diego Fernando Chiorazzo son los integrantes de la organización neonazi destinada a la "promoción de la discriminación, difundiendo ideas o teorías de superioridad de raza”, y quedaron a un paso del juicio oral y público luego de que la Sala I de la Cámara Federal de San Martín confirmase sus procesamientos.
Imputados en la figura prevista y reprimida en el artículo tercero de la ley 23.592 (antidiscriminatoria), pueden llegar a tener una pena de tres años de prisión por "participar de una organización o realizar propaganda basada en ideas o teorías de superioridad de una raza o de un grupo de personas".
Los imputados tenían reproducciones "musicales con contenido discriminatorio, banderas con cruces celta y esvástica y remeras con inscripciones de índole nacional socialista", según se desprende de la resolución firmada por los camaristas Juan Manuel Culotta, Hugo Fossati y Jorge Barral.
Los magistrados explicaron que la ley reprime "la realización de propaganda consistente en la ejecución de actos destinados a propagar o difundir determinadas ideas o teorías, las que deben referirse a la superioridad de una raza o de un grupo que pertenezca a una determinada religión u origen étnico", según la agencia Télam.
Imputados en la figura prevista y reprimida en el artículo tercero de la ley 23.592 (antidiscriminatoria), pueden llegar a tener una pena de tres años de prisión por "participar de una organización o realizar propaganda basada en ideas o teorías de superioridad de una raza o de un grupo de personas".
Los imputados tenían reproducciones "musicales con contenido discriminatorio, banderas con cruces celta y esvástica y remeras con inscripciones de índole nacional socialista", según se desprende de la resolución firmada por los camaristas Juan Manuel Culotta, Hugo Fossati y Jorge Barral.
Los magistrados explicaron que la ley reprime "la realización de propaganda consistente en la ejecución de actos destinados a propagar o difundir determinadas ideas o teorías, las que deben referirse a la superioridad de una raza o de un grupo que pertenezca a una determinada religión u origen étnico", según la agencia Télam.
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