Economía - retroactivo a julio

Miércoles 14 de Julio de 2021 - 09:46 hs

Autorizan una nueva suba del 5% en internet, telefonía y cable

Así lo resolvió el Enacom, mediante la Resolución 862, que autoriza el incremento a partir del 1 de julio. Solo podrán aplicarlo aquellos prestadores que hayan cumplido con las normativas anteriores que autorizaron aumentos desde enero.

Actualizado: Miércoles 14 de Julio de 2021 - 10:33 hs

El Gobierno dispuso un aumento de hasta un 5% retroactivo al 1° de julio en los servicios de internet, televisión por cable y telefonía fija.

La medida se toma en medio de la disputa con las compañías de esos sectores por los valores a aplicar para sus productos, que se profundizó en mayo del año pasado al ser declarados "servicios públicos esenciales".

"Los licenciatarios y las licenciatarias de Servicios de Comunicaciones Móviles (SCM) podrán aplicar un aumento, retroactivo al 1° de julio de 2021 y de hasta un cinco por ciento, en el valor de los precios minoristas de cualquiera de sus planes en las modalidades pospagas y mixtas", se estableció en el primer artículo de la resolución suscripta por el titular de ENACOM, Claudio Ambrosini.

El Ente también fijó en $25, con impuestos incluidos, el valor máximo del precio de recarga de 50 MB de datos móviles por día; en $0,38, con impuestos incluidos, el valor máximo del precio del segundo de voz y en $5 con impuestos incluidos, el valor máximo del precio del SMS, para servicios móviles en la modalidad "prepaga pura".

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Asimismo, el ENACOM se reservó definir en el futuro los valores máximos de los precios minoristas de los servicios prestados por las licenciatarias en la modalidad "prepaga pura".

En el Artículo 3 se determinó que los licenciatarios de servicios de acceso a internet (SVA-I), de servicios de telefonía fija, de radiodifusión por suscripción mediante vínculo físico y radioeléctrico y de servicios de comunicación audiovisual de radiodifusión por suscripción mediante vínculo satelital, también podrán incrementar el valor de todos sus precios minoristas hasta un 5% retroactivo al 1° de julio de 2021.

Cualquier aumento que hubiese sido aplicado y haya superado los valores expresamente autorizados "deberá ser reintegrado a sus usuarios y usuarias en la próxima factura a emitir, con actualización e intereses sujetos a la misma tasa de interés que aplican a sus clientes por mora en el pago de facturas", dispuso el ENACOM.

Fuente: Agencias