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LT10 - Se prohibió el trabajo infantil
Lunes 11 de Abril de 2011 - 19:55 hs
El Gobierno nacional busca mejorar las condiciones laborales de peones rurales
Se estableció que los peones rurales deben tener servicios sanitarios, agua potable, energía eléctrica, cocina y posibilidades de comunicación.
El Gobierno dio a conocer hoy un nuevo régimen para mejorar las condiciones del trabajo agrario, con el objeto de evitar el denominado "trabajo esclavo" y prohibir el empleo infantil.
A través de la Resolución 11 de la Comisión Nacional de Trabajo Agrario, publicada en el Boletín Oficial, se aprobaron "las condiciones generales de labor y habitación para todos los trabajadores comprendidos en el Régimen Nacional de Trabajo Agrario que realizan tareas transitorias, cíclicas, ocasionales o excepcionales".
La Resolución contiene un anexo en el cual se estipulan, entre otras cosas, los requisitos mínimos de alojamiento que deben tener los trabajadores rurales, se destaca que deben tener servicios sanitarios, agua potable, energía eléctrica, cocina y posibilidades de comunicación.
También se establecen pautas de alimentación, se prohiben las retenciones, deducciones o compensaciones que pueda hacer el empleador por el expendio de mercaderías, se fijan elementos de seguridad e higiene, se hace referencia al traslado de los trabajadores y a los equipos de trabajo que deberán tener.
Además, se prohíbe el trabajo infantil, se fijan condiciones para el trabajo adolescente, entre 16 y 18 años, se establecen requerimientos sobre certificados de aptitud física y de escolaridad y se menciona la obligación de informar a los trabajadores.
El anexo -que consta de 28 artículos- indica, en lo que se refiere a los requisitos mínimos de alojamiento, que "cuando el contrato laboral contemple o requiera la provisión de alojamiento en las condiciones antedichas, durante todo o parte del tiempo que comprenda el mismo, éste deberá ser construido con materiales que garanticen un adecuado estándar de confort y habitabilidad, condiciones de seguridad, higiene, abrigo, luz natural y artificial".
A través de la Resolución 11 de la Comisión Nacional de Trabajo Agrario, publicada en el Boletín Oficial, se aprobaron "las condiciones generales de labor y habitación para todos los trabajadores comprendidos en el Régimen Nacional de Trabajo Agrario que realizan tareas transitorias, cíclicas, ocasionales o excepcionales".
La Resolución contiene un anexo en el cual se estipulan, entre otras cosas, los requisitos mínimos de alojamiento que deben tener los trabajadores rurales, se destaca que deben tener servicios sanitarios, agua potable, energía eléctrica, cocina y posibilidades de comunicación.
También se establecen pautas de alimentación, se prohiben las retenciones, deducciones o compensaciones que pueda hacer el empleador por el expendio de mercaderías, se fijan elementos de seguridad e higiene, se hace referencia al traslado de los trabajadores y a los equipos de trabajo que deberán tener.
Además, se prohíbe el trabajo infantil, se fijan condiciones para el trabajo adolescente, entre 16 y 18 años, se establecen requerimientos sobre certificados de aptitud física y de escolaridad y se menciona la obligación de informar a los trabajadores.
El anexo -que consta de 28 artículos- indica, en lo que se refiere a los requisitos mínimos de alojamiento, que "cuando el contrato laboral contemple o requiera la provisión de alojamiento en las condiciones antedichas, durante todo o parte del tiempo que comprenda el mismo, éste deberá ser construido con materiales que garanticen un adecuado estándar de confort y habitabilidad, condiciones de seguridad, higiene, abrigo, luz natural y artificial".
Fuente: la nación
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