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LT10 - Publicado en el Boletín Oficial
Miércoles 13 de Abril de 2011 - 13:19 hs
Oficializan la entrada de más directores del Estado a empresas privadas
Fue a través del decreto de 441 que ya había anticipado el ministro de Economía, Amado Boudou, en el día de ayer. Ahora el Gobierno podrá nombrar en el directorio de las sociedades en la medida de sus tenencias y no limitado al 5% como hasta hoy.
El Gobierno resolvió ampliar su participación en las empresas en las que el Estado posee acciones, sin la limitación que ponía como techo un 5 por ciento del capital societario, a través de un decreto de necesidad y urgencia publicado hoy en el Boletín Oficial.
Esta decisión alcanza a 43 empresas del sector privado, en las cuales el Estado Nacional -por medio de la ANSeS- tiene participación desde que se reestatizó el sistema previsional y desaparecieron las AFJP, que poseían acciones en esas compañías. Entre esas firmas se encuentran Pampa Holding, Aluar, Telecom, Petrobras, Transportadora Gas del Norte, Consultatio y Siderar.
Ahora, con el decreto 441, que lleva la firma de la presidenta Cristina Kirchner y todos sus ministros, el Estado podrá participar en el directorio de las sociedades en la medida de sus tenencias, pero sin la limitación que ponía como techo un 5 por ciento del capital societario, tal como indicaba el artículo 76 de la Ley 24.241, que fue derogado.
De esta manera, la Casa Rosada podrá colocar tantos representantes en las empresas como lo permita la proporción de su tenencia accionaria, algo que no estaba autorizado a las AFJP, y permanecía vigente luego de la reestatización de los fondos jubilatorios.
El decreto destacó que esta medida tiene por objetivo defender "las rentas provenientes de las inversiones que realice" la ANSeS. Además, señaló que se derogó un artículo de la ley 24.241 "para hacer valer" la tenencia de la ANSeS "en igualdad de condiciones con el resto de los inversores; con el objeto de garantizar el conocimiento pleno del accionar de las sociedades en las cuales participa, resguardando los intereses y la preservación de los activos de fondo de afectación específica".
"Los recursos enunciados precedentemente deben ser invertidos en activos financieros nacionales incluyendo, entre otros instrumentos, cuentas remuneradas del país y la adquisición de títulos públicos o títulos valores locales de reconocida solvencia", añadió el texto oficial.
El decreto aseguró que "para la administración de los recursos, han de contemplarse los impactos de las decisiones de inversión de la macroeconomía, especialmente en la creación de empleo, previendo las medidas relacionadas con la diversificación de riesgos y adecuación temporal de las inversiones que aseguren el cumplimiento de los objetivos del Fondo de Garantía de Sustentabilidad". "Resulta necesario precisar que la ANSeS cuente con las herramientas jurídicas adecuadas que, en materia de ejercicio de los derechos societarios, le permitan cumplir acabadamente con los objetivos de seguridad y criterios de rentabilidad" especificados por ley, añadió.
Esta decisión alcanza a 43 empresas del sector privado, en las cuales el Estado Nacional -por medio de la ANSeS- tiene participación desde que se reestatizó el sistema previsional y desaparecieron las AFJP, que poseían acciones en esas compañías. Entre esas firmas se encuentran Pampa Holding, Aluar, Telecom, Petrobras, Transportadora Gas del Norte, Consultatio y Siderar.
Ahora, con el decreto 441, que lleva la firma de la presidenta Cristina Kirchner y todos sus ministros, el Estado podrá participar en el directorio de las sociedades en la medida de sus tenencias, pero sin la limitación que ponía como techo un 5 por ciento del capital societario, tal como indicaba el artículo 76 de la Ley 24.241, que fue derogado.
De esta manera, la Casa Rosada podrá colocar tantos representantes en las empresas como lo permita la proporción de su tenencia accionaria, algo que no estaba autorizado a las AFJP, y permanecía vigente luego de la reestatización de los fondos jubilatorios.
El decreto destacó que esta medida tiene por objetivo defender "las rentas provenientes de las inversiones que realice" la ANSeS. Además, señaló que se derogó un artículo de la ley 24.241 "para hacer valer" la tenencia de la ANSeS "en igualdad de condiciones con el resto de los inversores; con el objeto de garantizar el conocimiento pleno del accionar de las sociedades en las cuales participa, resguardando los intereses y la preservación de los activos de fondo de afectación específica".
"Los recursos enunciados precedentemente deben ser invertidos en activos financieros nacionales incluyendo, entre otros instrumentos, cuentas remuneradas del país y la adquisición de títulos públicos o títulos valores locales de reconocida solvencia", añadió el texto oficial.
El decreto aseguró que "para la administración de los recursos, han de contemplarse los impactos de las decisiones de inversión de la macroeconomía, especialmente en la creación de empleo, previendo las medidas relacionadas con la diversificación de riesgos y adecuación temporal de las inversiones que aseguren el cumplimiento de los objetivos del Fondo de Garantía de Sustentabilidad". "Resulta necesario precisar que la ANSeS cuente con las herramientas jurídicas adecuadas que, en materia de ejercicio de los derechos societarios, le permitan cumplir acabadamente con los objetivos de seguridad y criterios de rentabilidad" especificados por ley, añadió.
Fuente: ambitoweb.com
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