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Miércoles 03 de Abril de 2019 - 10:06 hs

Grooming: qué pasa cuando se manda un video sexual a un menor

Qué pasa cuando un mayor se contacta mediante redes sociales con un menor con fines sexuales. En qué consisten los delitos de grooming, abuso sexual y el peligro de compartir imágenes en Whatsapp

Actualizado: Miércoles 03 de Abril de 2019 - 13:33 hs

Grooming. Los casos pueden ir de seis a 4 años de prisión.

Cuando un contacto entre una persona y otra mediante la virtualidad comienza a ser delito es la pregunta que se dispara tras el caso que conmueve a la comunidad educativa del colegio Inmaculada. En la mañana de este miércoles se conoció la noticia que tiene como protagonista a una maesta de la institución santafesina que habría grabado un video de alto contenido sexual que por estos momentos se investiga si fue pasado por la docente a un alumno de 14 años. 

"Es importante partir del principio general que siempre que se suponga que algo este mal será tenido en cuenta de esta manera", explicó a los micrófonos de LT10 Miguel Sumer Elías, abogado, docente y speaker en Cibercrimen, Privacidad y Negocios Digitales.

"Si un adulto contacta a un menor con sólo la idea de un encuentro sexual ya es delito. La pena es de seis meses a cuatro año de prisión. No importa si se conocen o no. Con el sólo hecho de provocar a un menor de 18 años el hecho queda enmarcado dentro de lo que conocemos como Grooming", dijo el abogado.

Luego destacó que "si hay un encuentro entre las dos partes en el video y las dos personas aparecen en las imágenes la situación ya es más complicada y estaríamos en presencia de un abuso sexual. De ser así las penas son más graves y por otro lado los delitos no son excarcelables".

Para finalizar Sumer Elías dijo que "más allá del delito en sí que en este caso en particular tendría a dos partes que son la docente y el alumno puede haber más protagonistas a medida que se viraliza un video con contenido sexual". El especialista fue concreto a la hora de explicar que también "es delito reenviar material con menores en las redes sociales o en en Whatsapp a otros contactos".

"Esto quiere decir que una persona que no tenga que ver con el hecho en sí de manera directa pero que viralice imágenes donde hay menores puede tener problemas legales ya que repartir imágenes, gratis o de manera comercial, de menores en la red es delito", finalizó.

 

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Miguel Sumer Elías, abogado, docente y speaker en Cibercrimen, Privacidad y Negocios Digitales. Director de Informática Legal

Audio: Miguel Sumer Elías, abogado y docente

Fuente: LT10