Política - CAMBIO DE ÍNDICE

Miércoles 19 de Diciembre de 2018 - 09:59 hs

Jubilaciones: ¿qué significa la resolución de la Corte?

El abogado Enrique Gómez Cochia dio detalles del nuevo fallo. A quiénes abarca este cambio de índice y de cuánto dinero se trata.

Actualizado: Miércoles 19 de Diciembre de 2018 - 10:01 hs

La Corte Suprema de Justicia de la Nación declaró inconstitucional el índice que utiliza la ANSeS para actualizar los haberes jubilatorios, a partir de un reclamo particular.

El máximo tribunal hizo lugar a una demanda presentada por Lucio Orlando Blanco, que se jubiló en 2003 y quien reclamaba la implementación del sistema que existía antes de que el Congreso sancionara la denominada reparación histórica. Fue por cuatro votos a favor y uno en contra, este último perteneciente al presidente del Cuerpo. 

En diálogo con El Cuarto Poder, el abogado Enrique Gómez Cochia, especialista en el área de seguridad social, tradujo en simples palabras el significado de este nuevo fallo, y remarcó que se trata de un incremento para los jubilados, generado "a partir de la aplicación del índice de creación pretoriana de la Corte, ya que convalida este índice para recomponer la proporcionalidad existente entre el último sueldo y la primera jubilación.

"Esas remuneraciones por las cuales yo aporté, no me las traen actualizadas por un fenómeno que es ajeno a mí; entonces esta va comiendo el valor actualizado de las remuneraciones que se tienen en cuenta para la determinación del primer haber jubilatorio", reflexionó el especialista sobre el efecto de la inflación en la determinación de los haberes.

Es allí, dice Gómez Cochia, donde empieza el conflicto: "Una cosa dice la ley, y la justicia declara su inconstitucionalidad porque llega a un resultado de una desproporción confiscatoria que provoca una debacle en la calidad de vida de la persona".

Además, aclaró que "el ideal siempre es que la tasa de sustitución entre el último sueldo y la primera jubilación sea de la brecha más corta, por eso es que se inventó el 82% móvil. Ideal para cesar en la actividad, y entrar en pasividad sin que que produzca una conmoción en el poder de compra de las personas que se jubilan". 

Si bien esta determinación del máximo tribunal es únicamente para un sector de jubilados -aquellos que ingresaron en el sistema en el período 2002-2008-, se trata de 150.000 casos de los cuales sólo 11.000 están judicializados hasta el momento. Pero este cambio sentará sin dudas un precedente para futuros reclamos que se traducirían en 700 millones de desembolso para Anses, aunque a partir de 2020 ya que es un monto que debe ingresar en el presupuesto nacional que ya está cerrado para el año entrante. 


 

Audio: Enrique Gómez Cochia, abogado en el área de seguridad social

Fuente: LT10