La Corte Suprema de Justicia de la Nación declaró inconstitucional el índice que utiliza la ANSeS para actualizar los haberes jubilatorios, a partir de un reclamo particular.
El máximo tribunal hizo lugar a una demanda presentada por Lucio Orlando Blanco, que se jubiló en 2003 y quien reclamaba la implementación del sistema que existía antes de que el Congreso sancionara la denominada reparación histórica. Fue por cuatro votos a favor y uno en contra, este último perteneciente al presidente del Cuerpo.
Antes de la sanción de esa ley, para calcular la movilidad jubilatoria se aplicaba el Indice de Salarios Básicos de la Industria y la Construcción (ISBIC), pero la ANSeS comenzó a utilizar el indicador llamado Remuneración Imponible Promedio de los Trabajadores Estables (RIPTE).
Si bien el fallo favorece sólo a Blanco, el texto sienta un precedente al que se podrán acoger otros 150 mil jubilados que están en una situación similar.
Votaron a favor los ministros Helena Higthon de Nolasco, Ricardo Lorenzetti, Eduardo Rosatti y Juan Carlos Maqueda), y en contra Carlos Rosenkrantz.