Los delincuentes ingresaron durante la madrugada, hicieron un boquete, forzaron una caja fuerte y escaparon con dinero, celulares y el sistema de videovigilancia.
Viernes 05 de Agosto de 2011 - 13:03 hs
El Concejo dictó medidas de prevención para nuevas construcciones
Actualizado: Miércoles 09 de Marzo de 2016 - 12:21 hs
El Concejo Municipal aprobó medidas de prevención de accidentes para nuevos establecimientos
Están destinadas al control, previo a la habilitación, de la sobrecarga que pueda conllevar la instalación de una nueva empresa en la infraestructura edilicia.
La norma establece que las personas físicas o jurídicas que soliciten permiso de habilitación para utilizar, ejercer o instalar cualquier comercio, industria, negocio o actividad a título onerosos o no en inmuebles que no tienen el destino, en cuanto a su estructura edilicia, para la actividad que se pretende desarrollar, deben presentar, en caso que la autoridad municipal así lo considere necesario, la siguiente documentación:
a) Declaración Jurada con firma certificada por ante Escribano Publico u Oficina Judicial en la que se describa y especifique los elementos, equipos, herramientas, instrumentos, artefactos o personas que, en determinado número y para una actividad específica vayan a ser utilizados para el desarrollo de la actividad, con una estimación aproximada de la sobrecarga a incorporar y;
b) certificación expedida por Profesional Matriculado que certifique la estabilidad y resistencia de la estructura edilicia, la cual debe ser capaz de soportar la sobrecarga expresada en declaración jurada presentada por el interesado.
Fanny Jara (FPCyS), autora del proyecto, explica que esta medida “tiene por finalidad proteger la integridad física de personas que concurren a establecimientos cuya actividad se desarrolla en inmuebles que poseen un destino distinto, en cuanto a su estructura edilicia, para el cual fueron construidos y puedan provocar situaciones riesgosas”.
Asimismo, Jara considera que “es alarmante que se cargue sobre estructuras recientes o añejas, por ejemplo con destino de vivienda, las sobrecargas que generan actividades como gimnasios, pubs, boliches, bibliotecas, depósitos o cualquier otra actividad que implique hacer soportar a una determinada estructura edilicia situaciones no contempladas en los cálculos que fueron realizados para su construcción” por lo cual, afirma luego que “es allí donde debemos exigir se nos certifique por profesional habilitado la real capacidad de carga del inmueble”.
Están destinadas al control, previo a la habilitación, de la sobrecarga que pueda conllevar la instalación de una nueva empresa en la infraestructura edilicia.
La norma establece que las personas físicas o jurídicas que soliciten permiso de habilitación para utilizar, ejercer o instalar cualquier comercio, industria, negocio o actividad a título onerosos o no en inmuebles que no tienen el destino, en cuanto a su estructura edilicia, para la actividad que se pretende desarrollar, deben presentar, en caso que la autoridad municipal así lo considere necesario, la siguiente documentación:
a) Declaración Jurada con firma certificada por ante Escribano Publico u Oficina Judicial en la que se describa y especifique los elementos, equipos, herramientas, instrumentos, artefactos o personas que, en determinado número y para una actividad específica vayan a ser utilizados para el desarrollo de la actividad, con una estimación aproximada de la sobrecarga a incorporar y;
b) certificación expedida por Profesional Matriculado que certifique la estabilidad y resistencia de la estructura edilicia, la cual debe ser capaz de soportar la sobrecarga expresada en declaración jurada presentada por el interesado.
Fanny Jara (FPCyS), autora del proyecto, explica que esta medida “tiene por finalidad proteger la integridad física de personas que concurren a establecimientos cuya actividad se desarrolla en inmuebles que poseen un destino distinto, en cuanto a su estructura edilicia, para el cual fueron construidos y puedan provocar situaciones riesgosas”.
Asimismo, Jara considera que “es alarmante que se cargue sobre estructuras recientes o añejas, por ejemplo con destino de vivienda, las sobrecargas que generan actividades como gimnasios, pubs, boliches, bibliotecas, depósitos o cualquier otra actividad que implique hacer soportar a una determinada estructura edilicia situaciones no contempladas en los cálculos que fueron realizados para su construcción” por lo cual, afirma luego que “es allí donde debemos exigir se nos certifique por profesional habilitado la real capacidad de carga del inmueble”.
Fuente: prensa concejo municipal
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