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Viernes 12 de Agosto de 2011 - 13:46 hs
Servini de Cubría rechazó el pedido del Frente de Izquierda
La jueza federal con competencia Electoral María Servini de Cubría desestimó una presentación realizada por el Frente de Izquierda que encabeza el precandidato a presidente Jorge Altamira para que se anulara el mínimo requerido de 1,5 por ciento de los votos necesarios en las primarias para competir en octubre.
Fuentes judiciales informaron La medida cautelar presentada por el Partido Obrero y sus aliados, que lleva la fórmula presidencia de Altamira y Cristian Castillo, consistía en un pedido de resolución urgente sin analizar el fondo de la demanda.
No obstante, Servini de Cubría lo rechazó por estimar que aceptarlo sería resolver sobre el fondo del planteo para lo que se requiere iniciar el trámite de una causa formal, informaron hoy fuentes judiciales.
El Frente de Izquierda exigió ante la Justicia que se declare la inconstitucionalidad del artículo 45 de la nueva ley electoral que establece que los partidos deberán obtener el 1,5 por ciento de los votos en cada una de las categorías en que se presente ya que si no logra ese piso de sufragios, la agrupación no podrá competir en las elecciones generales del 23 de octubre.
Además de desestimar el planteo, la magistrada le pidió al Estado que conteste la demanda del Frente de Izquierda, para lo que tiene un plazo de cinco días. Posteriormente, el fiscal electoral Jorge Di Lello deberá dictaminar si hay mérito para impulsar la causa.
Fuentes judiciales informaron La medida cautelar presentada por el Partido Obrero y sus aliados, que lleva la fórmula presidencia de Altamira y Cristian Castillo, consistía en un pedido de resolución urgente sin analizar el fondo de la demanda.
No obstante, Servini de Cubría lo rechazó por estimar que aceptarlo sería resolver sobre el fondo del planteo para lo que se requiere iniciar el trámite de una causa formal, informaron hoy fuentes judiciales.
El Frente de Izquierda exigió ante la Justicia que se declare la inconstitucionalidad del artículo 45 de la nueva ley electoral que establece que los partidos deberán obtener el 1,5 por ciento de los votos en cada una de las categorías en que se presente ya que si no logra ese piso de sufragios, la agrupación no podrá competir en las elecciones generales del 23 de octubre.
Además de desestimar el planteo, la magistrada le pidió al Estado que conteste la demanda del Frente de Izquierda, para lo que tiene un plazo de cinco días. Posteriormente, el fiscal electoral Jorge Di Lello deberá dictaminar si hay mérito para impulsar la causa.
Fuente: na
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