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Hoy - Justicia rosarina
Lunes 19 de Septiembre de 2011 - 08:01 hs
Condenaron a un motociclista por atropellar a peatón
El Tribunal Colegiado de Responsabilidad Extracontractual al hacer lugar a la demanda sostiene que el conductor “tiene la obligación de conservar el dominio del vehículo y estar atento a las contingencias del tránsito”. Además carecía del carnet.
Un joven motociclista que no tenía carnet de conducir y que atropelló a un peatón y le causó graves heridas, fue condenado a pagarle 370.000 pesos entre capital e intereses.
La condena se hace extensiva a la aseguradora que se negaba a pagar por el siniestro por la falta de licencia para conducir y por la culpa del motociclista en el accidente.
El 30 de octubre de 2007, David Ortíz conducía su moto Honda cuando en Arijón y presidente Roca atropelló a un hombre de 53 años.-
A raíz de los politrumatismos y una fractura sufridos el peatón tiene una incapacidad superior al 40 por ciento.
El Tribunal Colegiado de Responsabilidad Extracontractual al hacer lugar a la demanda sostiene que el conductor “tiene la obligación de conservar el dominio del vehículo y estar atento a las contingencias del tránsito”.
Se logró establecer que el motociclista conducía con exceso de velocidad.
Se destaca en la resolución judicial que “el peatón es el sujeto más vulnerable en el tránsito”.
Los padres del motociclista deberán pagarles al peatón que fue atropellado alrededor de 370.000 pesos entre capital e intereses. La sentencia amplía la responsabilidad a Orbis Companía Argentina de Seguros por una póliza que cubría el riesgo por responsabilidad civil con límite de cobertura de 100.000 pesos.
La condena se hace extensiva a la aseguradora que se negaba a pagar por el siniestro por la falta de licencia para conducir y por la culpa del motociclista en el accidente.
El 30 de octubre de 2007, David Ortíz conducía su moto Honda cuando en Arijón y presidente Roca atropelló a un hombre de 53 años.-
A raíz de los politrumatismos y una fractura sufridos el peatón tiene una incapacidad superior al 40 por ciento.
El Tribunal Colegiado de Responsabilidad Extracontractual al hacer lugar a la demanda sostiene que el conductor “tiene la obligación de conservar el dominio del vehículo y estar atento a las contingencias del tránsito”.
Se logró establecer que el motociclista conducía con exceso de velocidad.
Se destaca en la resolución judicial que “el peatón es el sujeto más vulnerable en el tránsito”.
Los padres del motociclista deberán pagarles al peatón que fue atropellado alrededor de 370.000 pesos entre capital e intereses. La sentencia amplía la responsabilidad a Orbis Companía Argentina de Seguros por una póliza que cubría el riesgo por responsabilidad civil con límite de cobertura de 100.000 pesos.
Fuente: tiempodejusticia.com.ar
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