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Jueves 29 de Octubre de 2015 - 17:35 hs
Se aprobó la \\"Ley del Actor\\"
En la noche del miércoles se aprobó en el Senado por voto unánime la Ley de marco laboral y previsional para la actividad actoral, conocida como la "Ley del actor". La iniciativa responde a un viejo reclamo de la comunidad artísticay otorga un marco jurídico "adecuado a las particularidades" de las actividades que realizan los actores, que garantiza su acceso a los derechos de seguridad social y tiene en cuenta el "carácter discontinuo" de sus trabajos.
La ley venía de ser aprobada por unanimidad también en la Cámara de diputados y fue impulsada por la Asociación Argentina de Actores (A.A.A), que preside la actriz Alejandra Darín, y elaborada por los ministerios de Trabajo, Cultura y Desarrollo Social, junto a la Anses y la Afip.
"La histórica lucha de nuestro sindicato hoy se ha convertido en una realidad en la que se reconocen los derechos laborales y previsionales de nuestros compañeros, trabajadores con plenos derechos", dijo la A.A.A. en un comunicado.
Juan Palomino, Secretario adjunto de la entidad, participó del debate en comisión en el mes de septiembre. "Los compañeros que no están hoy acá, las grandes figuras, es porque están trabajando. Están trabajando pero no tienen relación de dependencia. Si una compañera se embaraza, por ejemplo, queda a la buena de Dios", explicó.
¿Qué contempla la ley?
La ley asegura la cobertura de todos los subsistemas de seguridad social: Salud , Asignaciones Familiares, Desempleo, Riesgos de Trabajo y el derecho a la jubilación (también retiro por invalidez y pensión) que contemple la particularidad de la prestación de la tarea. Además, se le daría cobertura previsional, debido a que el texto afirma que "se computan 120 jornadas efectivas de trabajo como un año de servicios con aportes y que de computarse un período menor, el trabajo será bonificado de acuerdo al monto de aportes efectuados".
Entre los sujetos beneficiados por esta ley se incluye a "toda persona que desarrolle las tareas de interpretación de personajes, de situaciones ficticias o de sí mismo, a través de un libreto, guión o ideas", además de los directores, apuntadores, asistentes, coristas y cuerpos de baile.
El contrato laboral deberá ser escrito y presentado en la Asociación Argentina de Actores por parte del contratante. El actor ya no tendrá la obligación de realizar trabajos publicitarios excepto que esa haya sido la actividad especificada.
El Estado también se beneficia en esta implementación ya que el Sistema Integrado Previsional Argentino recibirá los aportes previsionales de este sector, cosa que hasta este momento se quedaban los empresarios.
La ley venía de ser aprobada por unanimidad también en la Cámara de diputados y fue impulsada por la Asociación Argentina de Actores (A.A.A), que preside la actriz Alejandra Darín, y elaborada por los ministerios de Trabajo, Cultura y Desarrollo Social, junto a la Anses y la Afip.
"La histórica lucha de nuestro sindicato hoy se ha convertido en una realidad en la que se reconocen los derechos laborales y previsionales de nuestros compañeros, trabajadores con plenos derechos", dijo la A.A.A. en un comunicado.
Juan Palomino, Secretario adjunto de la entidad, participó del debate en comisión en el mes de septiembre. "Los compañeros que no están hoy acá, las grandes figuras, es porque están trabajando. Están trabajando pero no tienen relación de dependencia. Si una compañera se embaraza, por ejemplo, queda a la buena de Dios", explicó.
¿Qué contempla la ley?
La ley asegura la cobertura de todos los subsistemas de seguridad social: Salud , Asignaciones Familiares, Desempleo, Riesgos de Trabajo y el derecho a la jubilación (también retiro por invalidez y pensión) que contemple la particularidad de la prestación de la tarea. Además, se le daría cobertura previsional, debido a que el texto afirma que "se computan 120 jornadas efectivas de trabajo como un año de servicios con aportes y que de computarse un período menor, el trabajo será bonificado de acuerdo al monto de aportes efectuados".
Entre los sujetos beneficiados por esta ley se incluye a "toda persona que desarrolle las tareas de interpretación de personajes, de situaciones ficticias o de sí mismo, a través de un libreto, guión o ideas", además de los directores, apuntadores, asistentes, coristas y cuerpos de baile.
El contrato laboral deberá ser escrito y presentado en la Asociación Argentina de Actores por parte del contratante. El actor ya no tendrá la obligación de realizar trabajos publicitarios excepto que esa haya sido la actividad especificada.
El Estado también se beneficia en esta implementación ya que el Sistema Integrado Previsional Argentino recibirá los aportes previsionales de este sector, cosa que hasta este momento se quedaban los empresarios.
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