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Domingo 09 de Octubre de 2011 - 00:46 hs
Es ley la regulación del voluntariado social
La Cámara de Diputados de Santa Fe dio sanción definitiva al proyecto de ley de Voluntariado elaborado por el senador provincial Juan Carlos Zabalza.
La iniciativa se plantea como objetivo incorporar al ordenamiento normativo provincial el trabajo de los ciudadanos y las organizaciones civiles vinculadas al voluntariado social, asumiendo que la satisfacción de los intereses generales ha dejado de ser considerada como una responsabilidad exclusiva y excluyente del Estado para convertirse en una tarea compartida entre el Estado y la sociedad.
El proyecto se origina en la creciente conciencia de responsabilidad social, que ha llevado a que las personas, a veces individualmente, pero, sobre todo, por medio de organizaciones basadas en la solidaridad y el altruismo, desempeñen un papel cada vez más importante en el diseño y ejecución de actuaciones dirigidas a la satisfacción de intereses comunes.
Estas iniciativas pueden ser de muy diversos órdenes, tales como asistenciales, de servicios sociales, cívicas, educativas, culturales, científicas, deportivas, sanitarias, de cooperación al desarrollo, de auxilio, de defensa del medio ambiente o cualquier otra de naturaleza semejante, realizadas por voluntarios sociales en el marco de organizaciones de la sociedad civil.
El proyecto de Ley establece que los derechos y obligaciones, tanto del voluntario social como de las organizaciones que cuenten con la presencia de voluntarios, deberán quedar plasmados en un Acuerdo Básico Común del Voluntariado Social, que tanto la organización como cada voluntario que se desempeña en ella deberán firmar.
Se señala entre otros puntos que dichas organizaciones deberán estar incorporadas en el Registro Jurisdiccional Obligatorio de Organizaciones No Gubernamentales, dependiente del Ministerio de Desarrollo Social de la Provincia de Santa Fe, así como procurar la cobertura de riesgos, acorde a los alcances que establezca la autoridad de aplicación.
En su artículo 18, el proyecto determina que "el voluntariado social no generará relación jurídica laboral entre el voluntario y el organismo en el que aquél colabore". Esta disposición tiene por objeto prevenir los graves inconvenientes que en la actualidad deben afrontar diversas asociaciones, fundaciones, cooperadoras escolares, asociaciones de bomberos voluntarios y ONG's, debidos a acciones legales promovidas por quienes algunas vez formaron parte de la organización, arguyendo la existencia de un vínculo laboral o de algún daño.
Además se remarca que el Poder Ejecutivo provincial fomentará programas de asistencia técnica y capacitación al voluntariado, a la vez que implementará campañas de divulgación y reconocimiento de las actividades del voluntariado, que se suman al ya existente programa “Sumando Voluntades”. En este sentido es significativo señalar que la actividad prestada como voluntario, debidamente acreditada, constituirá un antecedente de valoración obligatoria en los concursos para cubrir vacantes en los tres poderes del Estado.
La iniciativa se plantea como objetivo incorporar al ordenamiento normativo provincial el trabajo de los ciudadanos y las organizaciones civiles vinculadas al voluntariado social, asumiendo que la satisfacción de los intereses generales ha dejado de ser considerada como una responsabilidad exclusiva y excluyente del Estado para convertirse en una tarea compartida entre el Estado y la sociedad.
El proyecto se origina en la creciente conciencia de responsabilidad social, que ha llevado a que las personas, a veces individualmente, pero, sobre todo, por medio de organizaciones basadas en la solidaridad y el altruismo, desempeñen un papel cada vez más importante en el diseño y ejecución de actuaciones dirigidas a la satisfacción de intereses comunes.
Estas iniciativas pueden ser de muy diversos órdenes, tales como asistenciales, de servicios sociales, cívicas, educativas, culturales, científicas, deportivas, sanitarias, de cooperación al desarrollo, de auxilio, de defensa del medio ambiente o cualquier otra de naturaleza semejante, realizadas por voluntarios sociales en el marco de organizaciones de la sociedad civil.
El proyecto de Ley establece que los derechos y obligaciones, tanto del voluntario social como de las organizaciones que cuenten con la presencia de voluntarios, deberán quedar plasmados en un Acuerdo Básico Común del Voluntariado Social, que tanto la organización como cada voluntario que se desempeña en ella deberán firmar.
Se señala entre otros puntos que dichas organizaciones deberán estar incorporadas en el Registro Jurisdiccional Obligatorio de Organizaciones No Gubernamentales, dependiente del Ministerio de Desarrollo Social de la Provincia de Santa Fe, así como procurar la cobertura de riesgos, acorde a los alcances que establezca la autoridad de aplicación.
En su artículo 18, el proyecto determina que "el voluntariado social no generará relación jurídica laboral entre el voluntario y el organismo en el que aquél colabore". Esta disposición tiene por objeto prevenir los graves inconvenientes que en la actualidad deben afrontar diversas asociaciones, fundaciones, cooperadoras escolares, asociaciones de bomberos voluntarios y ONG's, debidos a acciones legales promovidas por quienes algunas vez formaron parte de la organización, arguyendo la existencia de un vínculo laboral o de algún daño.
Además se remarca que el Poder Ejecutivo provincial fomentará programas de asistencia técnica y capacitación al voluntariado, a la vez que implementará campañas de divulgación y reconocimiento de las actividades del voluntariado, que se suman al ya existente programa “Sumando Voluntades”. En este sentido es significativo señalar que la actividad prestada como voluntario, debidamente acreditada, constituirá un antecedente de valoración obligatoria en los concursos para cubrir vacantes en los tres poderes del Estado.
Fuente: prensa ps
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