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LT10 - Diciembre de 2001
Viernes 27 de Febrero de 2015 - 19:19 hs
Confirman condenas a policías en el caso Lepratti
La Sala 3 de la Cámara Penal ratificó la sentencia de primera instancia contra los uniformados que falsearon el acta para proteger al colega que asesinó al militante social.
Mucha agua corrió bajo el puente. La Sala 3 de la Cámara de Apelaciones en lo Penal de Rosario confirmó la condena que cuatro policías recibieron en primera instancia por el encubrimiento del asesinato, a manos de otro uniformado, del militante social Claudio Pocho Lepratti el 20 de diciembre de 2001.
Los condenados son Roberto De la Torre, Rubén Darío Pérez, Marcelo Fabián Arrúa y Carlos Alberto De Souza.
La sentencia que en primera instancia había condenado a dos años y ocho meses de prisión a estos policías por haber falseado el acta de procedimiento con el aparente fin de proteger al agente que disparó el arma que mató a Lepratti –Esteban Velázquez, condenado a 14 años– fue en su momento apelada por las defensas.
Luego, la Sala 2 de la Cámara, con el voto principal del Dr. Ramón T. Ríos, acompañado por los doctores Lurati y Mestres, revocó la condena absolviendo a todos los imputados policías.
Pero esta absolución fue recurrida por la Fiscalía de Cámara mediante un recurso de inconstitucionalidad el 12 de mayo de 2011 por arbitrariedad de la decisión; y la Corte Suprema de Justicia, el 6 de mayo de 2014, declaró la nulidad del fallo, ordenando el envío del proceso a otro tribunal.
Ahora, la Sala 3, con el voto de Otto Crippa García, al que adhieren los doctores Llaudet y Depetris, confirma la condena impuesta a los acusados, imponiéndoles la pena de dos años y ocho meses de prisión, de ejecución condicional e inhabilitación absoluta por el doble del tiempo de la condena y le impone las costas, tal como se desprende de la sentencia de este tribunal.
Los condenados son Roberto De la Torre, Rubén Darío Pérez, Marcelo Fabián Arrúa y Carlos Alberto De Souza.
La sentencia que en primera instancia había condenado a dos años y ocho meses de prisión a estos policías por haber falseado el acta de procedimiento con el aparente fin de proteger al agente que disparó el arma que mató a Lepratti –Esteban Velázquez, condenado a 14 años– fue en su momento apelada por las defensas.
Luego, la Sala 2 de la Cámara, con el voto principal del Dr. Ramón T. Ríos, acompañado por los doctores Lurati y Mestres, revocó la condena absolviendo a todos los imputados policías.
Pero esta absolución fue recurrida por la Fiscalía de Cámara mediante un recurso de inconstitucionalidad el 12 de mayo de 2011 por arbitrariedad de la decisión; y la Corte Suprema de Justicia, el 6 de mayo de 2014, declaró la nulidad del fallo, ordenando el envío del proceso a otro tribunal.
Ahora, la Sala 3, con el voto de Otto Crippa García, al que adhieren los doctores Llaudet y Depetris, confirma la condena impuesta a los acusados, imponiéndoles la pena de dos años y ocho meses de prisión, de ejecución condicional e inhabilitación absoluta por el doble del tiempo de la condena y le impone las costas, tal como se desprende de la sentencia de este tribunal.
Fuente: rosario3.com
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