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LT10 - Recurso al gobernador
Jueves 27 de Noviembre de 2014 - 18:15 hs
Piden resguardar las escuelas rurales por las fumigaciones
Las ONG piden “medidas urgentes e inmediatas para prevenir daños irreversibles, en defensa de los derechos de todos los asistentes a escuelas rurales y especialmente de los niños\\".
Organizaciones políticas, sociales y ambientales de la provincia presentaron un recurso administrativo al gobernador Antonio Bonfatti, solicitando que se resguarde a las escuelas rurales de los agroquímicos.
El trámite lo firma el Centro de Protección a la Naturaleza (Cepronat) en representación de las instituciones que conforman la Multisectorial “Paren de Fumigarnos”, de Santa Fe. En el escrito, las ONG piden “medidas urgentes e inmediatas para prevenir daños irreversibles, en defensa de los derechos de todos los asistentes a escuelas rurales y especialmente de los niños, legítimos acreedores del más alto nivel posible de salud establecido por el artículo 24 de la Convención de los Derechos del Niño del cual nuestro país es suscriptor”.
Según advirtieron, el mayor contacto “con la naturaleza a través del juego, sus órganos respiratorios ubicados más cerca del suelo, donde los residuos tóxicos suelen acumularse, su metabolismo –comen y beben más– o su menor masa corporal convierte definitivamente a los niños en el grupo de mayor vulnerabilidad frente a la exposición a los agroquímicos, tanto para intoxicaciones agudas como subagudas y crónicas”.
La multisectorial remarcó que “los chicos y jóvenes que concurren a las más de 700 escuelas rurales de la provincia, agregan a este diagnóstico su exposición permanente y más cercana que cualquiera, sin ninguna zona de amortiguación”, es decir una determinada área libre de fumigaciones. En el planteo administrativo, las ONG indicaron que “una confusa y desactualizada legislación santafesina, controles laxos o inexistentes y jueces y fiscales con poco conocimiento y ningún compromiso, terminan convirtiéndose en un guante a medida de las corporaciones, tan flexible como haga falta”.
Por ello, “los asistentes a establecimientos educativos rurales o cercanos al campo son solo obstáculos a salvar, al menor costo económico posible”. Con ese contexto como fondo, desde “Paren de Fumigarnos” dijeron que el recurso pedido está justificado en “la emergencia y porque la inacción de la administración convirtió indebidamente a las organizaciones sociales en receptoras de los reclamos de las víctimas. Se demanda, sencillamente, que la dirigencia y en particular, la máxima autoridad provincial accione de acuerdo a su compromiso con el mandato constitucional”, agregaron.
Las medidas mínimas peticionadas consisten en la provisión de una cisterna de agua limpia y segura, la implantación de cortinas forestales protectoras, un relevamiento sanitario de los trabajadores y asistentes a dichas escuelas, un sistema de vigilancia epidemiológica y el alejamiento de las fumigaciones terrestres a una distancia no menor de 1.000 metros, tal como lo demanda el gremio docente. Además, la prohibición de las fumigaciones aéreas, cuya “viabilidad y razonabilidad también está sostenida por los recientes dictámenes de las Comisiones de Agricultura y Medio Ambiente de la Honorable Cámara de Diputados de nuestra provincia”.
Asimismo, el Cepronat remarcó que el artículo 41 de la Constitución Nacional establece que “todos los habitantes gozan el derecho a un ambiente sano, equilibrado, apto para el desarrollo humano y para que las actividades productivas satisfagan las necesidades presentes sin comprometer las de las generaciones futuras y tienen el deber de preservarlo”. Un recurso administrativo es el medio establecido en la ley para obtener la modificación, revocación o invalidación de una resolución administrativa. Esta última es una orden escrita dictada por el jefe de un servicio público que tiene carácter general, obligatorio y permanente, y se refiere al ámbito de competencia del servicio. Las resoluciones se dictan para cumplir las funciones que la ley encomienda a cada servicio público. En cuanto a su ámbito material, la resolución alcanza a todo aquello que complemente, desarrolle o detalle a la ley en la esfera de competencia del servicio público.
El trámite lo firma el Centro de Protección a la Naturaleza (Cepronat) en representación de las instituciones que conforman la Multisectorial “Paren de Fumigarnos”, de Santa Fe. En el escrito, las ONG piden “medidas urgentes e inmediatas para prevenir daños irreversibles, en defensa de los derechos de todos los asistentes a escuelas rurales y especialmente de los niños, legítimos acreedores del más alto nivel posible de salud establecido por el artículo 24 de la Convención de los Derechos del Niño del cual nuestro país es suscriptor”.
Según advirtieron, el mayor contacto “con la naturaleza a través del juego, sus órganos respiratorios ubicados más cerca del suelo, donde los residuos tóxicos suelen acumularse, su metabolismo –comen y beben más– o su menor masa corporal convierte definitivamente a los niños en el grupo de mayor vulnerabilidad frente a la exposición a los agroquímicos, tanto para intoxicaciones agudas como subagudas y crónicas”.
La multisectorial remarcó que “los chicos y jóvenes que concurren a las más de 700 escuelas rurales de la provincia, agregan a este diagnóstico su exposición permanente y más cercana que cualquiera, sin ninguna zona de amortiguación”, es decir una determinada área libre de fumigaciones. En el planteo administrativo, las ONG indicaron que “una confusa y desactualizada legislación santafesina, controles laxos o inexistentes y jueces y fiscales con poco conocimiento y ningún compromiso, terminan convirtiéndose en un guante a medida de las corporaciones, tan flexible como haga falta”.
Por ello, “los asistentes a establecimientos educativos rurales o cercanos al campo son solo obstáculos a salvar, al menor costo económico posible”. Con ese contexto como fondo, desde “Paren de Fumigarnos” dijeron que el recurso pedido está justificado en “la emergencia y porque la inacción de la administración convirtió indebidamente a las organizaciones sociales en receptoras de los reclamos de las víctimas. Se demanda, sencillamente, que la dirigencia y en particular, la máxima autoridad provincial accione de acuerdo a su compromiso con el mandato constitucional”, agregaron.
Las medidas mínimas peticionadas consisten en la provisión de una cisterna de agua limpia y segura, la implantación de cortinas forestales protectoras, un relevamiento sanitario de los trabajadores y asistentes a dichas escuelas, un sistema de vigilancia epidemiológica y el alejamiento de las fumigaciones terrestres a una distancia no menor de 1.000 metros, tal como lo demanda el gremio docente. Además, la prohibición de las fumigaciones aéreas, cuya “viabilidad y razonabilidad también está sostenida por los recientes dictámenes de las Comisiones de Agricultura y Medio Ambiente de la Honorable Cámara de Diputados de nuestra provincia”.
Asimismo, el Cepronat remarcó que el artículo 41 de la Constitución Nacional establece que “todos los habitantes gozan el derecho a un ambiente sano, equilibrado, apto para el desarrollo humano y para que las actividades productivas satisfagan las necesidades presentes sin comprometer las de las generaciones futuras y tienen el deber de preservarlo”. Un recurso administrativo es el medio establecido en la ley para obtener la modificación, revocación o invalidación de una resolución administrativa. Esta última es una orden escrita dictada por el jefe de un servicio público que tiene carácter general, obligatorio y permanente, y se refiere al ámbito de competencia del servicio. Las resoluciones se dictan para cumplir las funciones que la ley encomienda a cada servicio público. En cuanto a su ámbito material, la resolución alcanza a todo aquello que complemente, desarrolle o detalle a la ley en la esfera de competencia del servicio público.
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