El exministro de Trabajo de Santa Fe, explicó los principales lineamientos de la reforma laboral, luego de que fuera reglamentada este lunes. Por qué no se reglamentaron todos los artículos.
Hoy - En el marco de la conciliación obligatoria
Lunes 10 de Noviembre de 2014 - 22:31 hs
Cuarto intermedio entre Coto y los trabajadores de comercio
En la audiencia tanto los representantes de la parte empleadora como de los trabajadores del sector expresaron y ratificaron sus posturas respecto al conflicto. Volverán a reunirse el 25 de noviembre.
Se realizó esta mañana una nueva audiencia en el marco del conflicto laboral suscitado la semana pasada entre la empresa Coto Cicsa y los trabajadores de comercio de la provincia. A partir de la conciliación obligatoria dictada el pasado 5 de noviembre -que regirá hasta el próximo 26 de noviembre- las partes acordaron aceptar los términos que impone la medida, y dejar sin efecto las decisiones adoptadas, por ese lapso de tiempo.
En el marco de esta audiencia, realizada en la sede de la cartera laboral en Rosario, tanto los representantes de la parte empleadora como de los trabajadores del sector expresaron y ratificaron sus posturas respecto al conflicto.
De esta manera, las autoridades del Ministerio de Trabajo de la provincia determinaron fijar una nueva audiencia para el próximo martes 25 de noviembre, a las 14, en la sede de la Regional Rosario, Ovidio Lagos 599.
Presidieron la audiencia la secretaria de Trabajo, Nora Ramírez; el subsecretario de Trabajo, Gerardo Canseco; y la directora de la Regional Rosario, María Belluccia.
GÉNESIS DEL CONFLICTO
Cabe recordar que dicha empresa había suspendido por 30 días a 48 trabajadores en la ciudad de Santa Fe y 103 en Rosario, invocando como causa las futuras consecuencias de la aplicación de la ley de descanso dominical.
CONCILIACIÓN OBLIGATORIA
El régimen de conciliación laboral obligatoria (Ley Nº 10.468) rige desde el pasado 5 de noviembre por el plazo de quince días hábiles. Ello implica retrotraer la situación laboral y de prestación del servicio al estado en que la misma se encontraba al 2 de noviembre, generando que ambas partes dejen sin efecto las medidas adoptadas: es decir, la empresa las suspensiones de los trabajadores y el gremio las medidas de fuerza que se estuvieren llevando a cabo, absteniéndose las mismas, en definitiva, de adoptar algún tipo de medida que implique modificar, alterar y/o extinguir las relaciones de trabajo y/o entorpecer u obstruir el normal y libre desarrollo de la actividad, ya sea en forma directa o indirecta.
En el marco de esta audiencia, realizada en la sede de la cartera laboral en Rosario, tanto los representantes de la parte empleadora como de los trabajadores del sector expresaron y ratificaron sus posturas respecto al conflicto.
De esta manera, las autoridades del Ministerio de Trabajo de la provincia determinaron fijar una nueva audiencia para el próximo martes 25 de noviembre, a las 14, en la sede de la Regional Rosario, Ovidio Lagos 599.
Presidieron la audiencia la secretaria de Trabajo, Nora Ramírez; el subsecretario de Trabajo, Gerardo Canseco; y la directora de la Regional Rosario, María Belluccia.
GÉNESIS DEL CONFLICTO
Cabe recordar que dicha empresa había suspendido por 30 días a 48 trabajadores en la ciudad de Santa Fe y 103 en Rosario, invocando como causa las futuras consecuencias de la aplicación de la ley de descanso dominical.
CONCILIACIÓN OBLIGATORIA
El régimen de conciliación laboral obligatoria (Ley Nº 10.468) rige desde el pasado 5 de noviembre por el plazo de quince días hábiles. Ello implica retrotraer la situación laboral y de prestación del servicio al estado en que la misma se encontraba al 2 de noviembre, generando que ambas partes dejen sin efecto las medidas adoptadas: es decir, la empresa las suspensiones de los trabajadores y el gremio las medidas de fuerza que se estuvieren llevando a cabo, absteniéndose las mismas, en definitiva, de adoptar algún tipo de medida que implique modificar, alterar y/o extinguir las relaciones de trabajo y/o entorpecer u obstruir el normal y libre desarrollo de la actividad, ya sea en forma directa o indirecta.
Fuente: prensa gobierno de Santa Fe
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