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LT10 - El artículo 765
Jueves 23 de Octubre de 2014 - 13:47 hs
Duda de Ricardo Lorenzetti por el Nuevo Código Civil y las deudas
Dijo que en la nueva ley no queda claro si se pesifican o no. El magistrado reclamó un proyecto de aclaración. Además, dijo que hubo "aspectos controvertidos" que quedaron fuera del código o serán tratados en leyes especiales.
El presidente de la Corte Suprema de Justicia, Ricardo Lorenzetti, advirtió ayer que el texto definitivo del nuevo Código Civil y Comercial puede generar interpretaciones distintas en torno de la pesificación de deudas. Reclamó, además, que la cuestión debe ser resuelta mediante una ley aclaratoria o por la jurisprudencia.
"Nosotros habíamos reproducido el régimen de la convertibilidad. Luego se hicieron modificaciones que dan lugar a interpretaciones distintas. O se aclarará por una ley específica o deberá ser aclarado por la jurisprudencia", dijo Lorenzetti, que encabezó la comisión que redactó el anteproyecto de reforma.
El artículo 765 del texto reformado habilita la cancelación de deudas contraídas en moneda extranjera al tipo de cambio oficial, lo que genera un fuerte debate en el mundo político, jurídico y económico.
"Nosotros habíamos puesto como regla general lo que dice la ley vigente, que se debe dar la misma moneda que se pactó. Pero después se incorporó la opción de devolución en moneda nacional. Es una vieja disposición que tiene una gran interpretación jurisprudencial", analizó Lorenzetti, quien recordó que los fallos y la doctrina respaldan la interpretación que se realiza hasta ahora.
Al respecto, el ministro de Justicia, Julio Alak, y la propia presidenta Cristina Kirchner habían declarado que el espíritu del nuevo Código Civil defiende la libertad de las partes para realizar contratos en la moneda en que lo deseen.
Al mostrar algunas discrepancias con los cambios finalmente introducidos, Lorenzetti dijo que el Código Civil "fue adelgazado pero no reformado". Explicó que "hay menos temas, pero la estructura de principios y lenguajes se mantiene", al hablar ante 1300 personas en un encuentro organizado por el Colegio Público de Abogados de la Capital Federal en el Centro Cultural San Martín.
Dijo que hubo "aspectos controvertidos" que quedaron fuera del código o serán tratados en leyes especiales, como la responsabilidad civil del Estado, los embriones no implantados y los derechos de propiedad de los indígenas.
También señaló que fueron suprimidas otras figuras jurídicas, como las acciones de clase o el derecho al agua potable, pero destacó que hayan quedado "intactos" aspectos centrales, como las nuevas familias, los derechos de los consumidores y los contratos..
"Nosotros habíamos reproducido el régimen de la convertibilidad. Luego se hicieron modificaciones que dan lugar a interpretaciones distintas. O se aclarará por una ley específica o deberá ser aclarado por la jurisprudencia", dijo Lorenzetti, que encabezó la comisión que redactó el anteproyecto de reforma.
El artículo 765 del texto reformado habilita la cancelación de deudas contraídas en moneda extranjera al tipo de cambio oficial, lo que genera un fuerte debate en el mundo político, jurídico y económico.
"Nosotros habíamos puesto como regla general lo que dice la ley vigente, que se debe dar la misma moneda que se pactó. Pero después se incorporó la opción de devolución en moneda nacional. Es una vieja disposición que tiene una gran interpretación jurisprudencial", analizó Lorenzetti, quien recordó que los fallos y la doctrina respaldan la interpretación que se realiza hasta ahora.
Al respecto, el ministro de Justicia, Julio Alak, y la propia presidenta Cristina Kirchner habían declarado que el espíritu del nuevo Código Civil defiende la libertad de las partes para realizar contratos en la moneda en que lo deseen.
Al mostrar algunas discrepancias con los cambios finalmente introducidos, Lorenzetti dijo que el Código Civil "fue adelgazado pero no reformado". Explicó que "hay menos temas, pero la estructura de principios y lenguajes se mantiene", al hablar ante 1300 personas en un encuentro organizado por el Colegio Público de Abogados de la Capital Federal en el Centro Cultural San Martín.
Dijo que hubo "aspectos controvertidos" que quedaron fuera del código o serán tratados en leyes especiales, como la responsabilidad civil del Estado, los embriones no implantados y los derechos de propiedad de los indígenas.
También señaló que fueron suprimidas otras figuras jurídicas, como las acciones de clase o el derecho al agua potable, pero destacó que hayan quedado "intactos" aspectos centrales, como las nuevas familias, los derechos de los consumidores y los contratos..
Fuente: La Nación
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