El entrenador sabalero llega al partido ante Ciudad Bolívar en uno de los momentos de mayor presión desde que asumió. El equipo quedó cuarto en la Zona A, la campaña como visitante genera cuestionamientos y los resultados recientes obligan a recuperar terreno rápidamente.
Viernes 05 de Septiembre de 2014 - 16:07 hs
La AFIP subió 22% el piso de ingresos para autorizar la venta de dólares para ahorro
Hay que tener ingresos por al menos $8.800 mensuales, pero el tope se mantiene en u$s2.000. Así, quedan oficialmente excluidos del mercado cambiario legal los monotributistas de las categorías B, C y D.
La Administración Federal de Ingreso Públicos (AFIP) actualizó los parámetros que definen quiénes pueden adquirir dólares para atesoramiento y cuántas divisas pueden se les pueden vender.
La única modificación es el piso de ingresos que debe tener un contribuyente para poder acceder al mercado cambiario formal, que subió a $8.800 mensuales, el equivalente a dos salarios mínimos, vitales y móviles. Hasta ahora, el mínimo de ingresos por el cual se validaban las operaciones para atesoramiento era de 7.200 pesos.
Con ese piso, cada contribuyente puede destinar hasta el 20% de sus ingresos mensuales declarados a la compra de dólares –con un tope de u$s2.000 al mes- con distintas fórmulas:
Para los trabajadores en relación de dependencia, es el 20% de la remuneración neta mensual promedio de los últiomos 12 meses.
Para los autónomos, es el 20% de los ingresos netos mensuales promedio declarados en la última presentación.
Y para los monotributistas, es el 20% neto máximo de facturación de cada categoría, mensualizados.
En los últimos meses, hubo quejas de monotributistas sobre mayores dificultades para obteren la aprobación de la AFIP para operaciones cambiarias. Con el cambio en el piso de ingresos mensuales mínimos, los monotributistas de las categorías B, C y D quedan oficialmente excluídos de la posibilidad de comprar dólares en blanco.
La compra de dólar ahorro tiene un recargo del 20% sobre el precio de venta que es retenido a cuenta de Ganancias y Bienes Personales (y se descuenta de esos impuestos al año siguiente). En los últimos días, la compra de dólar ahorro se aceleró al punto que los bancos vendieron en en las primeras cuatro ruedas de septiembre más de la mitad de las divisas que vendieron en todo agosto, que es hasta ahora el més record.
La única modificación es el piso de ingresos que debe tener un contribuyente para poder acceder al mercado cambiario formal, que subió a $8.800 mensuales, el equivalente a dos salarios mínimos, vitales y móviles. Hasta ahora, el mínimo de ingresos por el cual se validaban las operaciones para atesoramiento era de 7.200 pesos.
Con ese piso, cada contribuyente puede destinar hasta el 20% de sus ingresos mensuales declarados a la compra de dólares –con un tope de u$s2.000 al mes- con distintas fórmulas:
Para los trabajadores en relación de dependencia, es el 20% de la remuneración neta mensual promedio de los últiomos 12 meses.
Para los autónomos, es el 20% de los ingresos netos mensuales promedio declarados en la última presentación.
Y para los monotributistas, es el 20% neto máximo de facturación de cada categoría, mensualizados.
En los últimos meses, hubo quejas de monotributistas sobre mayores dificultades para obteren la aprobación de la AFIP para operaciones cambiarias. Con el cambio en el piso de ingresos mensuales mínimos, los monotributistas de las categorías B, C y D quedan oficialmente excluídos de la posibilidad de comprar dólares en blanco.
La compra de dólar ahorro tiene un recargo del 20% sobre el precio de venta que es retenido a cuenta de Ganancias y Bienes Personales (y se descuenta de esos impuestos al año siguiente). En los últimos días, la compra de dólar ahorro se aceleró al punto que los bancos vendieron en en las primeras cuatro ruedas de septiembre más de la mitad de las divisas que vendieron en todo agosto, que es hasta ahora el més record.
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